- Analista no cree que haya un brote de inestabilidad en Argentina, pero estima que el Congreso no puede derogar leyes
Rosendo Fraga (*)Especial para LA PRENSA
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Kirchner y la revisión del pasado en Argentina
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Analista no cree que haya un brote de inestabilidad en Argentina, pero estima que el Congreso no puede derogar leyes |
Rosendo Fraga (*)
Especial para LA PRENSA
La nulidad de la ley de obediencia debida implica el procesamiento automático de 1,300 militares y policías. La reapertura de estas causas, incrementará sensiblemente dicha cantidad.
A su vez la nulidad de la ley de punto final, significa que se pueden abrir nuevas causas y ello sumará numerosos procesados más. Entre ambas situaciones, puede llegarse a un número de 5,000 o 6,000, pero éste será un proceso largo, como le sucedió al ex presidente Raúl Alfonsín. Cabe recordar que en su gobierno, llevó más de tres años, para ponerse en marcha, se desarrolló y se interrumpió por los motines militares.
En mi opinión, no cabe duda que el Congreso no tiene atribuciones para declarar nula una ley. La puede derogar, pero no puede anular sus efectos hacia el pasado, ni tampoco violar el principio de aplicación de la ley más benigna. Si el Congreso puede declarar nulas las leyes, se entra en una inseguridad jurídica total.
De esta forma, al Ejecutivo si quiere impedir las extradiciones ahora, no le queda otra alternativa que promover un fallo de la Corte declarando la inconstitucionalidad de las leyes, pero no podrá lograrlo en los próximos meses, dado el conflicto con la Corte.
En las Fuerzas Armadas hay preocupación por los efectos y cierta deliberación, pero no hay posibilidad que en los próximos meses tengan lugar crisis como las que sufrió Alfonsín en la segunda parte de su mandato.
Existe incertidumbre porque la cantidad de militares procesados y detenidos si se declaran nulas las leyes, se contarán por miles. Además, los actuales generales y coroneles y equivalentes, eran los oficiales subalternos al momento de la llamada “guerra sucia” y en consecuencia pueden verse involucrados en las acciones judiciales que emergerán.
Pero en el corto plazo, no veo posibilidad que un caso de extradición pueda generar una crisis como la de Semana Santa de 1987, que debilitó al entonces presidente Alfonsín y generó el movimiento militar conocido como los “carapintadas”.
En cambio el procesamiento de militares en actividad que generará la nulidad o inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final, sí puede provocarlas. Cabe señalar que uno de cada cuatro miembros de las Fuerzas Armadas es hijo de un militar y que prácticamente la mitad del personal, tiene vínculos familiares con otros militares.
Esto establece una relación muy fuerte dentro de la institución, que genera efectos que van más allá de las generaciones. Del grado de Teniente Coronel y equivalente, hacia abajo, se trata de personal militar que no estuvo en actividad durante la “guerra sucia”, pero igualmente, gran parte de ellos piensa que el tema debe cerrarse.
Cabe señalar que el primer oficial sancionado por criticar públicamente la política de Kirchner de reapertura del tema derechos humanos, fue el capitán Cornejo Castellanos, quien se recibió en 1980, sin haber estado en actividad durante los años ‘70.
El personal que no estuvo en actividad en los años ‘70, se puede dividir en dos actitudes: los indiferentes, que no lo consideran un problema propio, aunque reconocen que la cuestión afecta la imagen institucional y los que piensan que reabrir el tema perjudica a las Fuerzas Armadas.
LOS MOTIVOS DE KIRCHNER
La motivación de Kirchner en la reapertura del tema, pienso que es una combinación de convicción y oportunismo. Durante 12 años fue gobernador de la provincia con más militares por habitantes del país y nunca planteó el tema públicamente, sino que todo lo contrario, ya que siempre habló de integración entre civiles y militares.
Es desde la campaña electoral y más concretamente, desde que fue electo, que Kirchner asumió abiertamente el discurso de permitir las extradiciones y reclamar la nulidad o inconstitucionalidad de las leyes. El problema que enfrenta hoy, es que precipitó las extradiciones y dos de cada tres argentinos las rechazan, optando por el juzgamiento dentro del país, pero hacerlo a través de la anulación de las leyes de obediencia debida y punto final, implica multiplicar el problema sin que exista un mecanismo cierto para lograrlo.
La decisión de la Cámara de Diputados de transformara en ley el decreto que firmó el presidente Kirchner, actualizando la adhesión argentina a la convención que declara imprescriptibles las crímenes de lesa unidad, no parece ser una alternativa que resuelva el problema.
NO SERÁ FÁCIL EN EL SENADO
Para aprobar el proyecto, hace falta que el Senado con los dos tercios de sus miembros de sanción definitiva lo que no parece fácil de lograr. Además, en caso de ser sancionada queda la interpretación judicial, dado que se estaría violando el principio general de aplicación de la ley más benigna, lo que requeriría inevitablemente una interpretación de la Corte, algo que no sería fácil de lograr en el corto plazo, dada la situación política que vive el Tribunal por los cambios que impulsa el Ejecutivo.
Una situación análoga se plantea con la nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final que ha sancionado Diputados. Faltaría la convalidación del Senado y una posterior interpretación por parte de la Suprema Corte, que resuelva dejar a un lado el artículo de la Constitución que establece que en Derecho Penal, entre ley derogada y ley vigente, se aplica la más favorable al acusado.
En conclusión, el Ejecutivo parece haber generado en la cuestión militar un dilema de difícil resolución, que además está creando una conflictiva situación en lo jurídico-institucional y produciendo un horizonte de incertidumbre en las Fuerzas Armadas.
(*) Rosendo Fraga es analista, periodista y académico argentino, Director del Centro de Estudios Nueva Mayoría de Buenos Aires.