Magistrado Rafael Solís. (LA PRENSA/O. MIRANDA)

CSJ ampara reclamo de LA PRENSA

Sentencia a favor de LA PRENSA sienta precedente judicial: no se puede obligar a ningún contribuyente a depositar dinero para tener derecho a la defensa legítima José Adán Silva [email protected] Tres años después que Editorial LA PRENSA S.A., recurriera de amparo ante la Corte Suprema de Justicia, en contra de un millonario reparo fiscal interpuesto […]

  • Sentencia a favor de LA PRENSA sienta precedente judicial: no se puede obligar a ningún contribuyente a depositar dinero para tener derecho a la defensa legítima

José Adán Silva [email protected]

Tres años después que Editorial LA PRENSA S.A., recurriera de amparo ante la Corte Suprema de Justicia, en contra de un millonario reparo fiscal interpuesto por el ex director general de Ingresos, Byron Jerez, la Sala de lo Constitucional de ese Poder del Estado amparó los reclamos del Diario y sentó un precedente jurídico: no se puede obligar a los contribuyentes a depositar dinero o garantías bancarias para tener derecho a su legítima defensa.

Los magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), aceptaron el recurso introducido en contra de la medida administrativa que ordenó Jerez, cuando fue director de la institución fiscal.

“Ha lugar al recurso de amparo interpuesto por Roberto Argüello Hurtado y Julio Francisco Báez Cortés, apoderados especiales de Editorial La Prensa S.A., en contra de los miembros de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Francisco Largaespada Torres, Carlos Bayardo Romero Molina y Orestes Romero Rojas, por haber dictado las resoluciones del 31 de julio del 2000 y del 24 de agosto del 2000”, dice la sentencia número 177 de la Sala Constitucional.

CASO REGRESA A HACIENDA

La resolución también ordena a la asesoría jurídica del Ministerio de Hacienda a que “proceda como corresponda y continúen la tramitación del recurso de amparo interpuesto por los recurrentes”.

Es decir, que aunque se aceptó el recurso de amparo de LA PRENSA, el caso no ha terminado y pasó al Ministerio de Hacienda, donde se tendrá que fallar ajustado a derecho, y sin que LA PRENSA deposite el 50 por ciento del reparo ordenado por Jerez.

La sentencia contó con el voto disidente del magistrado Iván Escobar Fornos, pero también a favor de LA PRENSA, pues éste consideró que la Sala Constitucional ni siquiera debió ordenar al tribunal de alzada corregir los errores en que incurrió y que debió analizarse el fondo del caso, además de votar a favor de que este Diario no tiene por qué pagar impuestos sobre los Ceni.

El magistrado miembro de esa Sala, Rafael Solís, dijo ayer en conferencia de prensa en la CSJ, que con esta sentencia “la Corte deja sentado claramente que esas medidas de depositar el 50 por ciento de los reparos son inconstitucionales”.

APELACIONES SON LIBRES EN MATERIA FISCAL

“Bajo ningún caso la persona tiene por qué entregar un depósito a la hora de entregar su recurso, por eso es que amparamos al Diario LA PRENSA, sin perjuicio que no nos quisimos meter al fondo, sino que decidimos que mejor se regrese todo al tribunal de Hacienda, que es la instancia superior para conocer la apelación, que nunca se conoció porque Hacienda no la reconoció por no haber depositado, y una vez que regrese ahí, sin que LA PRENSA tenga que entregar ese depósito se falle de conformidad con la Ley”, dijo Solís.

“En materia fiscal las apelaciones son libres, y están obligados todos los funcionarios de las instancias superiores en estas dos instancias a tramitar los recursos sin necesidad que la persona tenga que depositar un centavo”, finalizó Solís.

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