“Nicaragua quedaba completamente enclavada en el Mar Caribe…” Edmundo Castillo, agente de Nicaragua en la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

Colombia reactiva un viejo diferendo

Con la firma del Tratado Ramírez López entre Honduras y Colombia, este último país reactivó un viejo diferendo en perjuicio de Nicaragua, pero las pretensiones colombianas de impulsar acuerdos con sus socios centroamericanos para despojar a Nicaragua de su plataforma continental y su zona económica exclusiva en el Mar Caribe, queda desvirtuada con la sentencia […]

  • Con la firma del Tratado Ramírez López entre Honduras y Colombia, este último país reactivó un viejo diferendo en perjuicio de Nicaragua, pero las pretensiones colombianas de impulsar acuerdos con sus socios centroamericanos para despojar a Nicaragua de su plataforma continental y su zona económica exclusiva en el Mar Caribe, queda desvirtuada con la sentencia de la Corte Centroamericana de Justicia, que establece que ese tratado viola el derecho comunitario regional.

Juan José Lacayo [email protected]

El agente de Nicaragua en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Edmundo Castillo Salazar, responsable de presentar los argumentos jurídicos y legales de Nicaragua en el juicio que se promueve a Colombia en ese tribunal internacional, señala que la resolución de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) evidencia que el Tratado Ramírez López violenta lo que define como el “patrimonio centroamericano”, y demuestra la inconsistencia de ese acuerdo bilateral.

En 1986, en el contexto de la confrontación centroamericana, Honduras celebró un Tratado de delimitación marítima con Colombia, por medio de cual ambos países se reconocieron recíprocamente espacios marítimos en perjuicio de Nicaragua.

Según la letra del Tratado, Honduras le reconocía a Colombia su tesis de que tiene una frontera con Nicaragua, constituida por el Meridiano 82, y Colombia le reconocía a Honduras que tiene una frontera marítima con Nicaragua, constituida por el Paralelo 15.

NICARAGUA QUEDÓ ENCLAVADA

“De esta manera, Nicaragua quedaba completamente enclavada en el Mar Caribe entre el Paralelo 15 y el Meridiano 82, y cercenada su plataforma continental y su zona económica exclusiva que, según el derecho internacional, es de 200 millas marítimas, contadas a partir de la costa”, observa Castillo.

En su oportunidad, Nicaragua inclinó diplomáticamente la celebración de este Tratado señalando que causaba un perjuicio a sus intereses, y que bajo el derecho internacional dos Estados no podían disponer de los espacios marítimos de un tercero, como ocurre en este caso.

Aunque fue suscrito en 1986, fue hasta en noviembre de 1999 cuando Honduras anunció sorpresivamente a Nicaragua su intención de aprobar y ratificar el Tratado.

“Es importante señalar que este Tratado no entró en vigencia en 1986, en 1986 fue celebrado, sin embargo, el Tratado requería de aprobación del Congreso, y su ratificación posterior del Poder Ejecutivo. Esos actos no ocurrieron, sino hasta el año 1999”, reseña Castillo.

REACCIÓN DIPLOMÁTICA

La reacción diplomática de Nicaragua no se hizo esperar, y entre otras medidas presentó ese mismo año una demanda ante la Corte Centroamericana de Justicia por la violación del derecho comunitario, como resultado de la aprobación del Tratado, y se solicitó la adopción de medidas cautelares.

La Corte Centroamericana dictó dos sentencias en ese juicio promovido por Nicaragua. Una primera sentencia del 30 de noviembre de 1999, de carácter cautelar, en la cual ordenaba a Honduras que se abstuviera de aprobar y ratificar el Tratado, por las posibles consecuencias que esto podría tener en el proceso de integración regional.

En una segunda sentencia de carácter definitivo, dictada en noviembre de 2001, la Corte declara que Honduras ha violado el derecho comunitario con la aprobación y ratificación de ese Tratado.

Sin embargo, ambas sentencias fueron desobedecidas por la República de Honduras, lo que a juicio del agente especial nicaragüense “no afecta ni la validez ni la obligatoriedad jurídica de la sentencia, y, por otra parte, tiene una gran importancia en los contenciosos territoriales está conduciendo ante La Haya en contra de Honduras y Colombia”.

LAS SENTENCIAS DE LA CCJ

Según Castillo, las sentencias de la CCJ, establecen claramente que tanto Honduras como Colombia violentaron los principios de derecho comunitario, y, además, advierte que “ningún estado centroamericano podría efectuar delimitaciones marítimas con terceros estados, ajenos a la región, en perjuicio de otro país comunitario”.

“Simplemente, si formamos parte de un sistema regional de integración, tenemos un interés común comunitario, sería absurdo pretender que los Estados acudan en perjuicio de otro Estado comunitario, y menos aún a favor de otro Estado ajeno a la región”, afirma.

Castillo destaca que la sentencia del tribunal centroamericano “es vinculante no solamente para Honduras que fue parte en el juicio, sino también para el resto de los países centroamericanos, en cuanto a la doctrina judicial comunitaria se refiere”.

NATURALEZA JURÍDICA

“La Corte Centroamericana reconoce la naturaleza jurídica y el carácter obligatorio de diferentes disposiciones del derecho comunitario centroamericano que establece la existencia de un patrimonio centroamericano y desvirtúa las pretensiones colombianas en el Mar Caribe, de un supuesto reconocimiento centroamericano”, sentencia Edmundo Castillo.  

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