Ruth Selma Herrera. (LA PRENSA/R. Ortega)

Corte decidirá sobre alza de luz

Red Nacional de Consumidores sostiene que el incremento del año pasado fue ilegal Noel Hernández Ramos [email protected] En 15 días la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidirá si el aumento del 8.31 por ciento en las tarifas de electricidad, aprobado en junio del año pasado, fue legal o ilegal, en base a un recurso que […]

  • Red Nacional de Consumidores sostiene que el incremento del año pasado fue ilegal

Noel Hernández Ramos [email protected]

En 15 días la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidirá si el aumento del 8.31 por ciento en las tarifas de electricidad, aprobado en junio del año pasado, fue legal o ilegal, en base a un recurso que presentó la Red Nacional de los Consumidores contra el Instituto Nicaragüense de Energía (INE).

Tanto la Red de Consumidores como el Instituto, concluyeron ayer la audiencia pública, en la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte, por lo que ahora está en manos de los magistrados decidir sobre la legalidad del alza.

De acuerdo con Ruth Selma Herrera, representante de la Red, el Instituto no tomó en cuenta uno de los tres criterios para calcular el incremento y que consiste en la eficiencia económica de las empresas distribuidoras de Unión Fenosa.

NO SE TOMÓ EN CUENTA CALIDAD

Herrera señaló que el Instituto basó el ajuste en los criterios de compra de energía y potencia, así como en los índices de precios de los costos, pero no tomó en cuenta la calidad del servicio que brinda Unión Fenosa, lo cual se relaciona con el criterio de eficiencia económica.

“En ningún momento el INE tuvo en cuenta que había que analizar si la empresa estaba cumpliendo con la eficiencia económica y se demostró que este criterio no se ha tomado en cuenta, lo cual hace que la tarifa que ellos ajustaron sea ilegal”, agregó.

Por otra parte denunció que el Instituto aprobó un ajuste de tarifas en el que el costo de comercialización es cobrado dos veces.

“Nos están cobrando dos veces el cargo de comercialización, primero cuando hacen el cálculo de la tarifa y en segundo lugar cuando nos facturan”, sostuvo.

Por su parte Miguel Adolfo Alemán, asesor económico del INE, manifestó que la aprobación del pliego tarifario no da lugar a ineficiencias en el aspecto de los costos de Unión Fenosa, como por ejemplo las pérdidas de energía por lo cual sólo se le reconoce el 15 por ciento y no el 30 que tiene actualmente.

Además dijo que existe un error de interpretación sobre el cálculo del cargo de comercialización, ya que es parte de la tarifa, pero a la hora de publicar la tarifa se separa de los cargos de potencia y energía.  

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