- Nicaragua perdió miles de dólares durante la permuta de armas al vender fusiles a precios de remate, pero, además, burló normas administrativas de ventas de bienes del Estado
José Adán Silva [email protected]
El ex procurador penal y abogado del presidente Enrique Bolaños, Alberto Novoa, señaló que en la venta de armas que fueron a parar a manos de paramilitares colombianos, se percibe un fraude en perjuicio del Estado de Nicaragua, al haberse usado bienes estatales en una permuta que dejó pérdidas económicas al país.
“Aquí no hay delito militar, ya que ni siquiera está tipificado el delito de tráfico de armas de guerra en nuestras leyes, lo que hay a todas luces es un fraude al Estado”, dijo el abogado penalista.
Según Novoa, la Fiscalía General de la República tiene que orientar sus investigaciones en torno a figuras jurídicas de competencia civil y no militares, dado que en el negocio de las armas que la Policía Nacional dio en permuta a traficantes israelíes, y que terminaron en manos de paramilitares colombianos, se usaron bienes del Estado (las armas) que fueron negociados a costos menores del precio real, por lo cual Nicaragua pudo perder varios cientos de miles de dólares.
El informe de la Organización de Estados Americanos (OEA) indica que la Policía Nacional de Nicaragua negoció con el Grupo de Representaciones Internacionales (Gir S.A.), 3,000 fusiles AK y 2.5 millones de municiones que fueron desviadas a paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia.
En la permuta, la Policía de Nicaragua recibiría cien sub ametralladoras mini-uzi, cien sobaqueras para mini-uzi, 465 pistolas Jericho, 465 equipos para las mismas, portacargadores dobles y cartucheras.
El valor de la permuta era de 242,000 dólares, lo que significa que cada AK sería entregada a 48.4 dólares. Los expertos calculan que un AK en el mercado legal de armas puede costar hasta 150 dólares por unidad, casi 100 dólares más del precio en que fueron vendidos por Nicaragua.
¿MILITARES A TRIBUNALES?
“Esto es un asunto de Estado, pero cometido por funcionarios. Una vez que las autoridades terminen sus investigaciones y determinen el grado de responsabilidad de cada uno de los involucrados, deben acusar por fraude a las personas que salgan involucradas, no sólo a las que menciona el informe de la OEA, ya que hubo un engaño al Estado, hubo negligencia administrativa de varias instituciones, y dañaron la imagen de Nicaragua”, expresó el abogado.
“Los tribunales militares son específicamente para delitos militares, y que yo sepa dentro de la ley de delitos militares no está tipificado el delito de venta legal de armas de guerra”, señaló.
En el caso están señalados por la OEA dos altos militares y un alto jefe policial: el general retirado y ex inspector general del Ejército de Nicaragua, Roberto Calderón, así como el mayor Álvaro Rivas, y el primer comisionado de la Policía Nacional, Edwin Cordero.
Dijo Novoa que en este caso no hay fuero atractivo para los militares, ya que la Constitución señala que los militares y policías que cometiesen delitos o faltas de orden civil, serán procesados y enjuiciados por autoridades civiles.
La Constitución Política de Nicaragua, en su artículo 93, señala que “los delitos y faltas estrictamente militares, cometidos por miembros del Ejército y la Policía, serán conocidos por los tribunales militares establecidos por ley. Los delitos y faltas comunes cometidos por los militares y policías serán conocidos por los tribunales comunes”.
LA PAZ EN PELIGRO
Por otro lado, fuentes de la Fiscalía General de la República que trabajan en las investigaciones del caso dijeron de manera extraoficial que el caso de la venta de armas a Colombia “puso en peligro de la paz de Nicaragua”, según el Código Penal del país, en su artículo 546, capítulo II, de la sección de “Delitos que comprometen la paz de la República”.
Ese artículo señala que “el que en el territorio nacional promoviere, ayudare u organice fuerzas irregulares extranjeras, formare parte de ellas o usare o permitiera usar territorio nacional para fomentar, ayudar o prestar asistencia militar o logística a las mismas o a las organizadas en otro país, mediante el tráfico, almacenamiento y traslado de armas, equipos o pertrechos militares; el reclutamiento o adiestramiento de personal militar, la instalación u operación de radioemisoras, estaciones de televisión o radiocomunicación o de cualquier otra forma les prestare ayuda o colaboración, será penado con tres o diez años de prisión y el decomiso de las armas, pertrechos y otros bienes usados para cometer el delito”.