Centeno: “Procuraduría debe someterse a la Ley”

Fiscal Julio Centeno reconoce que la PGR no ha perdido sus funciones ni capacidades José Adán Silva [email protected] El Fiscal General de la República, Julio Centeno Gómez, reconoció ayer que la Procuraduría General de la República no ha perdido sus funciones ni capacidades con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, pero sí […]

  • Fiscal Julio Centeno reconoce que la PGR no ha perdido sus funciones ni capacidades

José Adán Silva [email protected]

El Fiscal General de la República, Julio Centeno Gómez, reconoció ayer que la Procuraduría General de la República no ha perdido sus funciones ni capacidades con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, pero sí admitió que debe someterse al nuevo ordenamiento jurídico o sus acciones legales “serán nulas”.

Las declaraciones de Centeno Gómez se dan a raíz de comentarios del procurador en funciones Francisco Fiallos, quien anunció que reformarán la Ley Orgánica de la Procuraduría para evitar supeditar sus acciones penales al Ministerio Público (MP), que encabeza Centeno.

PGR: DE INSTITUCIÓN A PARTICULAR

El artículo 2, inciso 17, establecido en la Ley Orgánica de la PGR, señala que será una atribución de la Procuraduría “ser parte en las diligencias en que los tribunales deban oír al Ministerio Público en las leyes de la materia”.

Además, el artículo 12, inciso 7 de la misma ley, establece que será función de la PGR “pedir informe a todos los funcionarios, empleados públicos e instituciones y exigirles que cooperen con él, en las diligencias que necesite llevar a cabo en el ejercicio de sus funciones”.

Sin embargo en el nuevo Código Procesal Penal, el Ministerio Público considera a la PGR “víctima u ofendido” (artículo 109 inciso 3).

Además no le confiere el tratamiento de institución pública, sino que la regula como a un particular, estableciendo que en la práctica la PGR tendrá que ajustarse al procedimiento como cualquier particular: denunciar los actos de corrupción ante el MP y no acusar directamente ante los Tribunales de Justicia.

Además, el CPP también establece que la Procuraduría no podrá ordenarle a la Policía que investigue ningún hecho contra el Estado, sino que se limitará a denunciar ante la Policía Nacional, quien investigará el hecho y remitirá al Ministerio Publico las diligencias de investigación. El fiscal decidirá finalmente lo que crea oportuno.

QUE SE SOMETAN AL IMPERIO DE LA LEY

“A la Procuraduría no se le han restado capacidades ni facultades ni funciones en su actuación, simplemente éstas han sido enmarcadas en un reordenamiento jurídico al que debe someterse todo el sistema judicial para impulsar la modernización de la justicia”, dijo Centeno.

Según el fiscal, la PGR siempre puede investigar los casos de corrupción que estime convenientes, pero ya no contará con el apoyo directo de la Policía Nacional, sino que deberá solicitar auxilio judicial.

“En ese caso la Procuraduría debe investigar muy profundamente su propia Ley Orgánica, antes de reformarla. Yo he sido casi autor y partícipe de las Leyes de la Procuraduría, de la Fiscalía y sé por derecho que este nuevo Código les favorece más de lo que ellos piensan, lo único que les hace falta es estudiarlo a fondo”, dijo Centeno.

“Además, ya no cabe que el mismo gobierno sea investigador y juez a la vez, eso sería una especie de policía política que ya hemos superado en otros estadios, por lo que es mejor que la Procuraduría se someta al imperio de la Ley”, dijo Centeno.   

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