Alcaldías deben regular uso de bicicletas

La Ley de Tránsito vigente y la que está “engavetada”, establecen las responsabilidades de las municipalidad Jorge González, Director de Planificación Urbana de la Alcaldía, señaló que no es potestad de la Alcaldía regular el uso de las bicicletas como medio de transporte, sino de la Policía Nacional de Tránsito. Sin embargo, el artículo 139 […]

  • La Ley de Tránsito vigente y la que está “engavetada”, establecen las responsabilidades de las municipalidad

Jorge González, Director de Planificación Urbana de la Alcaldía, señaló que no es potestad de la Alcaldía regular el uso de las bicicletas como medio de transporte, sino de la Policía Nacional de Tránsito.

Sin embargo, el artículo 139 de la actual Ley de Tránsito, establece que las bicicletas deben ser reguladas por las municipalidades y las placas deberán ser entregadas por medio de las mismas, destacó el Jefe de Análisis de la Policía Nacional de Tránsito, capitán Norman Castillo.

Igual queda establecido en la Ley 431 aprobada recientemente en la Asamblea Nacional (pero aún falta ser sancionada por el Ejecutivo), que en sus últimos párrafos reafirma que la regulación de las mismas deberá ser a través de los gobiernos locales previa coordinación con la Policía de Tránsito.

No obstante, González dijo que en el caso de la Carretera Norte, la Alcaldía está definiendo actualmente el margen de seguridad por donde pueden circular las personas que conducen bicicletas, así como para seguridad del peatón.

“En estos últimos días estamos pintando la Carretera Norte, donde se viene dejando una franja como de un metro en uno de los lados, casualmente para que le sirva de refugio a los ciclistas”, agregó González.

La Alcaldía tiene planes que no son a corto plazo, para que las vías que se construyan en el futuro o aquellas que se vayan a reconstruir, incluyan espacios destinados a ciclistas y peatones.

LA PRENSA también consultó a Juan José Úbeda, director del Instituto Regulador del Transporte Municipal de Managua (Irtramma), quien dijo que no se ha hecho ningún análisis del impacto que tienen los ciclistas en el sistema de transporte de la capital.

PROHIBICIONES

-La actual Ley de Tránsito, publicada en 1938, señala que es prohibido que niños menores de 10 años conduzcan bicicletas en Managua, al igual que en las demás cabeceras departamentales.

-El artículo 109 de la misma Ley, establece la prohibición de que en una bicicleta viaje una segunda persona –sean niños o mayores–, al igual que circule con carga o paquetes que representen un peligro por su peso o volumen, a excepción de aquellas bicicletas provistas de aparatos especiales.  

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