- El Superintendente de Bancos, Noel Sacasa, lo califica de peligroso precedente judicial contra control bancario
María Antonia López y Ary Neil [email protected]
La Superitendencia de Bancos (SIB), introducirá un recurso de nulidad perpetua ante la Corte Suprema de Justicia, rechazando el fallo de la Sala Constitucional a favor de Haroldo Montealegre, ex socio del Banco Mercantil (Bamer), entidad intervenida el tres de marzo del 2001, afirmó Noel Sacasa, Superintendente de Bancos.
El fallo favorable señala que la SIB no siguió los procedimientos de ley establecidos antes de intervenir una entidad financiera.
El alegato de la Sala expresa que antes de intervenir un banco se deberían agotar pasos como la inspección y fiscalización, el de medidas preventivas, el plan de normalización, la intervención y la liquidación.
“Es una interpretación que no está escrita en la ley que regula a las entidades financieras porque en algunos casos no son necesarios, ni procedentes” alegó el funcionario.
El superitendente de Bancos explicó que la entidad cumplió con cuatro procedimientos que permitieron intervenir al Bamer, la primera fue el incumplimiento de capital requerido, no había cumplido la entrega completa del encaje legal, presentaron problemas de liquidez, había fuga de depósitos, reducción de capital.
SENTENCIA DAÑINA
A juicio de Sacasa, la sentencia es “dañina para el sistema de supervisión de la banca, sobre todo si está firmada por cuatro magistrados cuando deberían haber cinco, desde allí hay una ilegalidad”.
Agregó que está plagada de insuficiencias legales, además de confundir a la persona jurídica del banco con la persona natural que es el accionista, la falta de quórum para dictar la sentencia entre otras cosas.
“El problema es que, lo que podría devenir es una demanda de los accionistas del Bamer y de otros bancos liquidados en contra del Estado cobrando altas sumas de dinero, y desautorizar los procedimientos llevados por la SIB durante los cierres de las entidades”, advirtió.
“El costo para el Estado sería enorme y socavaría la capacidad de la Superintendencia para ejercer el control”, recalcó.
MAGISTRADOS REACCIONAN
Los magistrados de la Sala Constitucional defendieron la resolución y rechazaron el argumento de “la irregular forma” en que se integró la Sala.
“Conforme a la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial: toda resolución o acuerdo de cada Sala requerirá del voto coincidente de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes por lo que la sentencia, al ser firmada por cuatro de seis de sus miembros, está ajustada a Derecho”, explicaron los magistrados de la Sala, a través de una nota de prensa.
En torno a la integración del magistrado Carlos Guerra Gallardo, la Sala Constitucional establece en la nota que “ante la ausencia del magistrado Francisco Rosales, por estar fuera del país, la excusa del magistrado Iván Escobar Fornos, así como la falta de procedimiento para integrar a los conjueces ya nombrados, se llamó a integrar Sala al doctor Guerra Gallardo”.
Los magistrados de la Sala también desestimaron las declaraciones vertidas por la presidenta del Poder Judicial, Alba Luz Ramos, en torno a las supuestas irregularidades al momento de integrar la Sala. Los magistrados aclaran que las Salas de la Corte Suprema son independientes y autónomas para resolver sobre los recursos y peticiones que hagan los ciudadanos.