Sydney Pratt Reyes, ex director del Canal 6. (LA PRENSA/ Archivo)

Corte admite amparo de Sydney Pratt

Magistrados consideran que Contraloría violentó sus derechos individuales Mirna Velásquez Sevilla [email protected] Sydney Pratt Reyes, quien guarda prisión por estar involucrado en el fraude millonario al Canal 6 de televisión, podría abandonar el régimen carcelario si la juez Ileana Pérez toma en cuenta la resolución que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, […]

  • Magistrados consideran que Contraloría violentó sus derechos individuales

Mirna Velásquez Sevilla [email protected]

Sydney Pratt Reyes, quien guarda prisión por estar involucrado en el fraude millonario al Canal 6 de televisión, podría abandonar el régimen carcelario si la juez Ileana Pérez toma en cuenta la resolución que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que admite un recurso de amparo en contra de la Contraloría General de la República (CGR).

Pratt Reyes fue el único de los procesados en el escandaloso caso del fraude al Estado por 1.3 millones de dólares, que recurrió de amparo en contra de los contralores, por considerar que violentaron sus derechos individuales, principios y garantías constitucionales, al determinarle presunción de responsabilidad penal.

El magistrado Rafael Solís Cerda, miembro de la Sala Constitucional, explicó que la CGR obvió una serie de trámites que no dieron a Pratt oportunidad de ejercer su derecho a la defensa. “No pudo ejercer su defensa en el juicio que le hizo la Contraloría y en el cual encontró responsabilidad penal”, añadió.

Los magistrados ordenaron ayer a la Juez Segundo de Distrito del Crimen de Managua “que resuelva conforme a derecho sobre la privación de libertad” de Pratt Reyes. En tanto, Solís Cerda aclaró que el juicio de la Contraloría difiere del proceso que se sigue en los juzgados, aunque admitió que la resolución tiene repercusiones en el mismo.

Explicó que la juez Pérez podría resolver dando casa por cárcel o libertad provisional del reo, o bien que el procesado continúe en la cárcel. “No es una sentencia que la obligue (a la juez) fallar a favor”, precisó.  

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