- Así lo establece Corte Centroamericana en resolución, sin embargo, también dice que tiene facultades para establecer un procedimiento
José Adán Silva [email protected]
La Corte Centroamericana de Justicia dio a conocer ayer la sentencia sobre la consulta vinculante que le presentó recientemente el Parlamento Centroamericano sobre el caso de desafueros de diputados centroamericanos, la cual concluye que tendrá que ser la Asamblea Nacional de Nicaragua la que desafuere a cualquier diputado señalado de delitos en su país.
No obstante, la CCJ también deja abierta la posibilidad de que sea el Parlacen quien también establezca reglamentos para desafueros de sus miembros. “Sobre la interrogante que dice ¿Tiene el Parlamento Centroamericano facultades para reglamentar un procedimiento de renuncia y levantamiento de inmunidades para los diputados centroamericanos? La Corte responde… Sí tiene facultades para hacerlo y puede reglamentar un procedimiento para ese efecto”, dice parte de la resolución de la CCJ.
El documento agrega que mientras el Parlacen no emita un reglamento para la renuncia o levantamiento de inmunidades y privilegios, “su conocimiento ante el señalamiento de conducta indebida de un diputado centroamericano deberá consistir en dar trámites a la solicitud de cualquier persona individual o jurídica o de autoridad competente”.
Tal proceso se haría, según el presidente de la CCJ, Rafael Chamorro Mora, para que se haga la declaración por el Parlacen por medio de su Asamblea Plenaria y por el voto de la mitad más uno de los asistentes, si se levantan o no las inmunidades y privilegios, “sin calificar la culpabilidad o no del diputado, ya que eso corresponde únicamente a la autoridad jurisdiccional”, dice el texto.
La solicitud de consulta a la CCJ fue presentada ante la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia de la República de Guatemala, y recibida en la Secretaría de este tribunal, el pasado tres de septiembre, con los documentos probatorios, por parte del presidente del Parlacen, Rodrigo Samayoa Rivas.
En dicha solicitud de consulta, el Parlacen preguntó a la CCJ si podían desaforar o quitar la inmunidad a los diputados de Nicaragua, a lo cual la Corte Centroamericana de Justicia dijo que “la renuncia o la suspensión de la inmunidad de los diputados centroamericanos del Estado de Nicaragua se debe tramitar conforme al ordenamiento jurídico de la República de Nicaragua”.