- Los diputados Fernando Avellán y Bladimir Pineda pretenden reeditar la tentación de censurar la información. Primero lo hizo el dictador Anastasio Somoza Debayle a través de las injurias y calumnias del Código Penal de 1974, y luego los sandinistas mediante la Ley sobre el Mantenimiento del Orden y Seguridad Pública
Freddy Potoy Rosales [email protected]
El martes pasado el diputado liberal Fernando Avellán retiró la iniciativa de “Ley que Regula el Delito de Desacato a los Órganos del Estado”, que claramente tenía la intención de castigar a los medios de comunicación que se atrevieran a publicar asuntos que los miembros de los distintos poderes del Estado consideraran ofensivos al prestigio y el honor.
Pero en las gavetas del Parlamento estaba otra sorpresa. El también diputado liberal de Río San Juan, Bladimir Pineda, asume el mismo martes la “paternidad” del proyecto de “Ley de Protección Civil del Derecho a la Vida Privada y Familia, Honra, Reputación e Imagen”, cuyo propósito genera muchas suspicacias alrededor de la intención que hay para limitar el trabajo de los medios de comunicación. Esta iniciativa no ha sido retirada de la Primera Secretaría del Parlamento.
LÍMITE AL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
El diputado Bladimir Pineda, en su iniciativa de ley presentada el pasado 14 de mayo de 2002 ante el ex presidente de la Asamblea Nacional, Arnoldo Alemán Lacayo, argumenta que “el conjunto de estos derechos constituye un límite al ejercicio de la libertad de expresión que el propio legislador reconoce y protege con el mismo carácter de fundamentales. El desarrollo normativo de la protección civil de estos derechos fundamentales constituye la finalidad de la presente ley, ya que con el reconocimiento del derecho a la honra y reputación y a la propia estima se brinda protección a uno de los bienes más íntimos de la personalidad, como es el concepto que uno mismo se tiene y el que tienen los demás”.
LOS ARGUMENTOS DE AVELLÁN
Avellán, en su exposición de motivos presentada ante el ex presidente de la Asamblea Nacional, Arnoldo Alemán Lacayo, el 28 de mayo de 2002, establece que “la razón fundamental por la cual se propone la introducción en el ordenamiento jurídico nicaragüense de una nueva conducta que configura o tipifica el delito de Desacato a los Órganos del Estado, reside en la necesidad de establecer una tutela penal del bien constituido por su honorabilidad. En efecto, si esta honorabilidad no es respetada, se pone en peligro el ejercicio de la función fundamental del Estado, que consiste en garantizar la convivencia pacífica de los ciudadanos”.
Sin embargo, ante la fuerte presión de los periodistas, el parlamentario se vio obligado a retirar dicha iniciativa el martes pasado, y dijo que este proyecto de ley era del ex presidente de la Asamblea Nacional, Arnoldo Alemán Lacayo, pero que se la mandó con uno de los asesores para que la suscribiera como propia, la cual firmó sin leerla y considera que fue sorprendido.
VER TAMBIÉN: