José Adán Silva [email protected]
La presidencia de la Corte Suprema de Justicia aprobó y respaldó desde la semana pasada, los cambios que en el sistema de justicia penal se han dado en el país en los últimos días, sobre todo en lo relacionado con la implementación de un Código Penal que para ellos viene a modernizar a la justicia nicaragüense.
El respaldo se dio con palabras del presidente de la CSJ, Iván Escobar Fornos, quien a la vez dio un reconocimiento al vicepresidente de ese poder del Estado, magistrado Marvin Aguilar, por haber ayudado en la elaboración del nuevo Código Procesal Penal.
Para el presidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Iván Escobar Fornos, estos cambios en la tipificación de nuevos delitos, tanto en la aprobación del Código Procesal Penal como las reformas al Código Penal, son los cambios jurídicos más importantes de los últimos tiempos, en materia de Derecho Penal. “Es una revolución jurídica”, dijo Escobar Fornos.
“El cambio del sistema inquisitivo escrito, por el sistema acusatorio oral, este proceso, implica toda una revolución jurídica que va desde el cambio de la mentalidad de jueces y abogados litigantes, hasta la percepción de la población en la aplicación de la justicia”, dijo Fornos, agregando que lo novedoso de estas reformas y el Código en sí, es que por primera vez se cambian las leyes sin tener que acudir a reformar la Constitución Política de Nicaragua.
Por su parte el magistrado Marvin Aguilar, luego de haber recibido su placa de reconocimiento, dijo que ya era necesaria la aplicación de nuevos conceptos de justicia en el sistema judicial nicaragüense.
“Era impostergable el abandono del sistema inquisitivo, la derogación del Código de Instrucción Criminal de 1879 y sus reformas. Diferentes científicos del derecho afirman acertadamente que el Código de Procedimiento Penal de un país es como un termómetro o barómetro de la democracia o su ausencia”, dijo Aguilar.
“El actual Código no es apto para juzgar en el siglo XXI, no sólo porque deja de lado, lesiona o contraría las disposiciones constitucionales del debido proceso, sino por su debilidad, inconsistencia y desinterés para resolver conflictos penales, castigar los delitos más graves, atender a las víctimas, investigar y perseguir hechos delictivos”, agregó Aguilar.