Redacción central
El Ministerio del Trabajo (Mitrab), en uso de las facultades que le confiere la Ley 290 y del Decreto 71-98 hace saber a los empleadores y trabajadores del país: que de conformidad con el artículo 66 del Código del Trabajo, el 19 de julio del presente año es Feriado Nacional Obligatorio.
Por ello, este día es con goce de salario al tenor de lo dispuesto en el artículo 66 del Código del Trabajo.
Se exceptúan de las disposiciones anteriores todos aquellos trabajadores comprendidos en el artículo 69 del Código del Trabajo, donde se refiere a las actividades no susceptibles de interrupción.