Por ley, estudiarán Seguridad de Tránsito en las escuelas

William Briones Loáisiga [email protected] Después de dos meses de debate en el plenario de la Asamblea Nacional, ayer quedó aprobada la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, que establece modificaciones en las multas, norma la velocidad en que deben circular los vehículos, introduce la seguridad vial y de tránsito en […]

William Briones Loáisiga [email protected]

Después de dos meses de debate en el plenario de la Asamblea Nacional, ayer quedó aprobada la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, que establece modificaciones en las multas, norma la velocidad en que deben circular los vehículos, introduce la seguridad vial y de tránsito en los pensum escolares y prohíbe la competencia de velocidad en las carreteras.

El jefe nacional de Tránsito, comisionado mayor Horacio Rocha, quien se manifestó complacido con la aprobación de la ley, dijo que la educación vial contemplada en la misma es novedoso en Nicaragua para evitar el alto índice de muertes por accidentes de tránsito, que por ahora es del 1.9 por día.

El diputado José Figueroa coincidió con Rocha al asegurar que el efecto más positivo de la ley será la prevención de los altos índices de accidentes de tránsito. “Creo que el régimen de circulación de vehículos es muy importante, porque regula las especies fiscales, las licencias de conducir, las placas y matrículas de los vehículos. Es muy positivo lo relacionado al seguro porque hasta hoy, todos mundo ha estado desprotegido desde el punto de vista social, a la hora de un accidente”, comentó.

“El esfuerzo que hagamos hoy en la educación, serán los resultados que tengamos mañana, en tanto seamos capaces desde niños a priorizar hábitos y conductas en torno al tema de la seguridad vial y de la seguridad de tránsito. La ley establece incorporar este tema como pensum en las escuelas, por lo cual debemos ponernos de acuerdo con el Ministerio de Educación para establecer qué cosa vamos a enseñarle a los niños y jóvenes”, explicó.

Indicó que la ley regula el uso y categoría de las licencias de conducir, es algo similar a lo que teníamos, lo novedoso es que se faculta validarle las licencias a los conductores extranjeros para que circulen en el territorio nacional. Antes esto era contra el permiso de estadía en el país. Se establecen las mismas categorías de licencias y obliga el seguro a los conductores profesionales”, agregó.

Rocha explicó que al entrar en vigencia esta ley, todos los propietarios de vehículos deben tener asegurados sus medios, de manera que respondan por daños a terceros, lo que reducirá las demandas judiciales por accidentes.

La ley establece la posibilidad de que los gremios del transporte establezcan sus empresas aseguradoras bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos, crea la formación de un fondo para señalización vial que será administrado por un Consejo Nacional de Seguridad y Educación Vial, que dirigirá el Ministerio de Gobernación, con participación del Ministerio de Transporte e Infraestructura, los transportistas y sectores interesados en el tema.

LENTA APROBACIÓN

La Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito es caracterizada como la más peculiar y desordenada de las normas aprobadas hasta ahora, durante la actual legislatura. Se presentó al plenario el 24 de abril con 135 artículos y se aprobó 62 días después, quedando con 235 al sufrir adiciones durante el debate. Entrará en vigencia dos meses después que sea sancionada por el Ejecutivo.

MÁS MULTAS

La Ley crea nueve multas, pasando de 45 a 54. De las anteriores, sólo suben de monto dos, que son conducir a exceso de velocidad y en estado de ebriedad, en las que las multas serán de 1,500 córdobas. El resto, disminuye en un 50 por ciento.

La mayor violación a las normas de tránsito en el conducir, que causa más accidentes, es no guardar la distancia, pero la mayor cantidad de muertes por accidentes de tránsito lo ocasiona el exceso de velocidad, por lo cual la ley incrementó las multas en ambas infracciones.

De acuerdo con las estadísticas policiales, el año pasado murieron 532 ciudadanos por accidentes de tránsito, lo que significa que en Nicaragua 1.9 personas muere diario por esta causa.

El Parlamento aprobó que se debe conducir en las carreteras a cien kilómetros por hora, 60 kilómetros en las pistas y 45 en las ciudades.

La ley prohíbe la competencia de velocidad en las carreteras y lugares no autorizados, y a quienes infrinjan la ley les aplicarán sanciones por el delito de conducir a exceso de velocidad y exposición de personas al peligro.

Rocha dijo que permanentemente procuran hacer variar el estilo del policía de tránsito, de manera que no se le vea al “acecho” de los conductores. “La ley dice que el policía debe estar debidamente ubicado para que el conductor lo pueda ver, nuestro papel no es ‘infraccionar’, no pretendemos generar mayor ingresos por mayor cantidad de multas, se trata de prevenir que la infracción se produzca”, aseguró.  

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