- Asamblea Nacional “va adentro” con nueva Ley de Tránsito
William Briones Loáisiga [email protected]
La Asamblea Nacional estableció una multa mínima de 50 córdobas, para los ciudadanos que conduzcan carretones, carreta de bueyes u otros de tracción animal, sin portar una señal lumínica visible que facilite a los conductores verlos a tiempo, principalmente en horas de la noche, en la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, aprobado hasta el capítulo cuarto.
De acuerdo con el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro, ésta es una ley moderna que pretende evitar el alto índice de muertes por accidentes de tránsito. “Muchas vidas se hubieran salvado si hubiesen llevado luces refractarias. La ley está encaminada a prevenir estas cosas, y sancionar drásticamente a quienes irresponsablemente, conducen un vehículo”, explicó.
“Ahora será obligatorio para las carretas llevar cintas refractarias, todo destinado a reducir la alta incidencia, disminuir la mortalidad en accidentes y obligar a los conductores a tener mayor cuidado. El objetivo no es afectar a los conductores, sino que tengan mayor penalidad económicamente, y que eso limite el abuso que en algunas ocasiones, nos convertimos en asesinos al volante”, expresó.
Navarro aseguró que las cinta lumínica que ahora tendrán que portar estos medios de transporte, son aparatos baratos, por lo que no significa un alto costo, sino una inversión para la ciudadanía. “Se trata que no continúe la práctica de accidentes por la irresponsabilidad de personas que con estos tipos de vehículos sin luces, se mantienen en las carreteras y han provocado tantas muertes”, dijo.
“Hay algunas variaciones. Se han incrementado algunas multas y se han reducido otras, principalmente se incrementaron las de alta peligrosidad como las referidas a conducir con aliento alcohólico, con drogas. Otras se han reducido por ser de menos peligrosidad”, aseguró.
A la nueva ley de casi 140 artículos, que entrará en vigencia hasta su publicación en La Gaceta, le agregaron sanciones por causales que hasta ahora no estaban tipificadas, como tirar basuras en las vías públicas, conducir sin espejo retrovisor o laterales, conducir atendiendo celulares, circular con vehículos sobre bulevares, aceras o andenes, así como conducir, acompañar o transportar niños menores de siete años en el asiento delantero, sin cinturón de seguridad.