Cerca marco legal para microfinancieras

En este mes podría dictaminarse proyecto de Ley Juan Carlos Bow [email protected] Durante todo el mes de febrero la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional, podría dictaminar un proyecto de ley que regulará la actividad de las microfinancieras, según dijo Wilfredo Navarro, primer vicepresidente del Legislativo. Desde el año pasado, las microfinancieras vienen […]

  • En este mes podría dictaminarse proyecto de Ley

Juan Carlos Bow [email protected]

Durante todo el mes de febrero la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional, podría dictaminar un proyecto de ley que regulará la actividad de las microfinancieras, según dijo Wilfredo Navarro, primer vicepresidente del Legislativo.

Desde el año pasado, las microfinancieras vienen solicitando a los diputados del Parlamento se apruebe un marco legal que excluya a esas instituciones financieras de la Ley 374 o Ley Reguladora de Préstamos entre Particulares.

La Ley 374 impone un techo máximo a los intereses que se otorgan a los microcréditos de acuerdo a la tasa promedio ponderada de los bancos.

Por lo que personas ligadas al sector aducen que esa legislación reduce “drásticamente” la oferta de crédito de las microfinancieras.

Navarro dijo que se establecerá “un marco legal institucional, a través de una ley de microfinancieras, que legitimara la gestión que hacen las microfinancieras con el financiamiento”.

Indicó que ese proyecto de ley quedó “casi listo” en la legislación pasada, por lo cual en los próximos días la comisión de asuntos económicos de la AN, se reunirá para revisarlo y elaborar un dictamen.

DIFICULTADES DE APROBACIÓN

Navarro comentó que el dictamen de ese proyecto de Ley se ha detenido por tres aspectos, que tienen que ser definidos en las próximas reuniones de la Comisión de Asuntos Económicos.

Dijo que uno de esos aspectos es la determinación de un marco regulador de las tasas de interés, el cual debe permitir que las tasas no se disparen de una manera incontrolable.

Agregó que otro de los aspectos es la diferenciación entre una microfinanciera con fines de lucro y una sin fines de lucro, que sería un Organismo No Gubernamental (ONG).

Aseguró que como las dos microfinancieras tienen fines diferentes, deben ser reguladas de manera diferente, por lo que las instituciones con fines de lucro deben tener un régimen especial o ser sujetadas al código del régimen del comercio.

Señaló que también el capital social de cada una de las microfinancieras debe ser distinto, ya que ambas tienen fines diferentes.

El diputado expresó que el último aspecto es “sobre quién va a supervisar a las microfinancieras”, ya que se había establecido dentro del proyecto que sería la Superintendencia de Bancos (SIB).

Pero las microfinancieras no captan recursos de los ciudadanos, por lo cual “no calzan muy bien dentro del control de la SIB”, según Navarro.

Finalizó que la SIB les recomendó que se estableciera un organismo propio que controlara esta microfinanciera, idea que se está madurando.  

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