Guy Bendaña Guerrero.

Ley de marcas duerme el sueño de los justos

Juan Carlos Bow [email protected] Pese a ser publicada en La Gaceta, el 16 de abril de este año, la Ley 380 o de Marcas y Otros Signos Distintivos, aún sigue esperando para entrar en vigencia. Guy Bendaña Guerrero, especialista en Derecho Intelectual, manifestó que esa ley no ha entrado en vigencia debido a que Nicaragua […]

Juan Carlos Bow [email protected]

Pese a ser publicada en La Gaceta, el 16 de abril de este año, la Ley 380 o de Marcas y Otros Signos Distintivos, aún sigue esperando para entrar en vigencia.

Guy Bendaña Guerrero, especialista en Derecho Intelectual, manifestó que esa ley no ha entrado en vigencia debido a que Nicaragua aún no ha denunciado la legislación que rige actualmente las marcas.

“Para que la Ley de Marcas entre en vigencia Nicaragua debe denunciar un Convenio Centroamericano, que rige actualmente el aspecto de las marcas”, explicó.

Eveling Bonilla Martínez, jefa del área de Marcas y Otros Signos Distintivos del Registro de la Propiedad Industrial e Intelectual (RPI), aseguró que la Ley de Marcas en su articulado manda a denunciar ese convenio regional, que está vigente desde 1965.

Agregó que ese instrumento legal no tiene, por sí mismo, un proceso de denuncia, por lo que los países centroamericanos tuvieron que adoptar un “Protocolo de Modificación del Convenio”, en el cual se establece el proceso de denuncia.

NICARAGUA EN TRÁMITES

Bendaña dijo que actualmente Nicaragua se encuentra denunciando ese convenio regional, pero que aún no sabe cuándo finalizará el proceso de denuncia.

Bonilla manifestó que Costa Rica ya denunció ese convenio y que Nicaragua, El Salvador y Guatemala aún están en proceso de denuncia.

Agregó que técnicamente el personal del RPI se encuentra preparado para iniciar a aplicar la Ley de Marcas, por lo cual esperan no tener ningún problema al momento que entre en vigencia esa legislación.

PROBLEMAS DE LA LEY

Comentó que la reciente ley tiene algunas deficiencias en comparación al Convenio Centroamericano, como la de realizar por separado los exámenes de forma y fondo de las solicitudes de marcas.

Afirmó “que si una solicitud no cumple con el examen de fondo, el cliente tendrá que pagar nuevamente”, aunque Bonilla informó que “en el Reglamento de la Ley 380 se contempla que una persona no será afectada en pago si la solicitud tiene problemas de fondo”.

El Convenio Centroamericano ordena hacerle, a las solicitudes de marcas, los exámenes de forma y fondo antes de publicarla en La Gaceta.

Mientras que la ley contempla hacerle primero el examen de forma, luego publicarla en La Gaceta, “para después realizarle la examinación de fondo”, según Bendaña.

NICARAGUA TIENE 71,000

La marca es un signo distintivo que indica que ciertos bienes o servicios han sido producidos o proporcionados por una persona o empresa determinada.

Actualmente en Nicaragua hay registradas 71 mil marcas, además en el Registro de la Propiedad Industrial e Intelectual (RPI) se registran mensualmente entre 400 y 500 marcas, por lo cual posiblemente anualmente se inscriben entre 4,500 y 5,000 marcas.

Eveling Bonilla Martínez, jefa del área de Marcas y Otros Signos Distintivos del RPI, dijo que existen diferentes clases de marcas, de la clase uno a la 34 son las marcas de productos, y de la 35 a la 42 son para servicios.

“La clase uno es para sustancias químicas, la clase tres para cosméticos y la clase cinco es para productos farmacéuticos”, añadió Bonilla.

Guy Bendaña Guerrero, especialista en Propiedad Intelectual, manifestó que en Nicaragua las marcas deben ser renovadas cada diez años.  

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