- Países que notienen libre visado son 40, incluyen Medio Oriente, Colombia, Cuba, Perú, Ecuador y Dominicana
Juan Rodríguez [email protected]
El gobierno de Nicaragua amplió sus restricciones de libre visado a 40 países, entre los que destacan algunos de Oriente Medio como Afganistán, Palestina, Libia, Irán e Iraq, además de Cuba, República Popular de China, Colombia y Perú, entre otros.
Mediante el decreto numero 94-200, el presidente Arnoldo Alemán ordena a la Dirección General de Migración y Extranjería no permitir el acceso a Nicaragua a los ciudadanos de estos países que no tengan su visa autorizada por parte de esa instancia migratoria.
Los ciudadanos con “visa restringida” deberán presentar a las autoridades nicaragüenses, pasaporte con vigencia, no menor de seis meses, boleto de regreso a su país de origen o de residencia, y la visa plasmada en el pasaporte.
Sin embargo, el decreto aclara que los ciudadanos de las naciones establecidas, de “no libre visado” y que sean titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales o de servicio de su gobierno están exentos de tal disposición.
También están exentas de la anterior disposición aquellas personas titulares de pasaportes extendidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA), las cuales tendrán libre visado.
Este decreto deroga el número 114-99, que restringía el libre visado a los países de Cuba, Libia, Afganistán, República Popular de China, Irán, Iraq y Albania.
A esta lista de países con restricción de visado con Nicaragua, se agregaron Sri Lanka, República Popular de Corea, Nepal, Vietnam, Nigeria, Sierra Leona, Ucrania, Liberia, Mozambique, Ecuador y República Dominicana.
También Sudán, Colombia, Jordania, Bosnia-Herzegovina, Armenia, Yugoslavia, Pakistán, Haití, India, Somalia, Líbano, Kenia, Ghana, Angola, Malí, Camerún, Rumania, Perú, Siria, Egipto y Yemen.
Los otros países que continúan con libre visado tienen que pagar sólo cinco dólares por la compra de la tarjeta de turismo, al ingresar al país, de conformidad con el artículo número 27 de la Ley 298, creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo.