Consuelo Sandoval [email protected]
El próximo veinte de agosto arranca la fabricación de los doce millones de boletas electorales que se utilizarán en los comicios nacionales del 4 de noviembre, según resolución emitida por los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), reveló ayer el magistrado José Luis Villavicencio.
El magistrado explicó que la producción de las boletas se hará tres días después de publicadas las listas oficiales definitivas de candidatos en La Gaceta, diario oficial, y los diarios de circulación nacional.
Cada boleta electoral contendrá en su parte frontal y al centro, el escudo de Nicaragua con sello de agua, la leyenda CSE, el nombre de la elección y la correspondiente circunscripción territorial, y deberán ir al frente o en su reverso el número o código de Junta Receptora de Voto (JRV), código municipal y departamental.
Informó que las boletas serán clasificadas en recibidas, utilizadas, no utilizadas, muestra y tiraje de prueba.
Dijo que el CSE designó las casillas en la boleta electoral conforme la Ley Electoral que consigna que las primeras cuatro casillas se asignarán de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones que correspondiere a cada partido o alianza de partido participante. Casilla uno, PLC; casilla dos, FSLN; casilla 4, PC; y la casilla tres fue omitida porque correspondía a Camino Cristiano que se alió con el PLC. Las correspondientes a los partidos costeños serán asignadas por sorteo, explicó.
Afirmó que también aprobaron la normativa de los votos que se clasifican en válidos y nulos. Serán considerados válidos los votos que se realicen en la boleta electoral oficial, cuyo reverso deberá llevar anotado el número de control de seguridad, el sello del CSE y la firma de los miembros de las JRV, señaló.
En cambio, se considerarán nulos, los votos cuando no se pueda determinar la voluntad del elector, los depositados sin marcar, el que se marcó en una boleta que no contenga los requisitos establecidos, el que sea marcado más de una vez en diferentes columnas de identificación del partido y el que sea emitido en boleta electoral no oficial.