- Juez de la causa dictamina que los delitos que se le atribuían no fueron comprobados
Janelys Carrillo Barrios [email protected]
El ex director de Aduanas, Marco Aurelio Sánchez y dos funcionarios más de esa institución no cometieron los delitos de desacato a la autoridad judicial, abuso de autoridad y asociación para delinquir, como denunció en su oportunidad la comerciante Lilliam Elizabeth Muñoz.
Así resolvió el Juez Séptimo de Distrito del Crimen de Managua, Sabino Hernández, la demanda que Muñoz interpuso contra Sánchez; el jefe de Asesoría Legal Mario Morales Silva y Manuel Mayorga Duarte, quienes supuestamente afectaron su patrimonio económico al subastar mercadería de su propiedad que la jueza Rafaela Urroz les había ordenado retener.
El judicial dictaminó que en la investigación que siguió a los funcionarios de Aduanas no comprobó el abuso de autoridad que Muñoz les achacó, porque sólo ejercieron sus funciones al procesar administrativamente por defraudación aduanera a la demandante.
“Estos funcionarios actuaron con apego a sus deberes de tal forma que observa esta autoridad que los funcionarios aludidos no han infringido la disposición señalada en el Artículo 130 de la Constitución de que ningún cargo concede a quien lo ejerce más funciones que las que le confiera la Constitución y las leyes”, consigna la resolución.
El judicial indicó que la acusación de la comerciante carecía de fundamento y por esa razón no existe delincuencia de los procesados, por lo que no le queda más que sobreseerlos definitivamente.
CASO TAMBIEN ESTA EN CCJ
– En abril, Lilliam Muñoz también llevó su caso ante la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ), donde demandó que el actual Director de Aduanas, Emilio Selva Tapia, anule el proceso administrativo por defraudación aduanera que su antecesor Marco Aurelio Sánchez le siguió en 1998.
– La recurrente siempre aseguró que cumplió con los trámites y pagos por la internación de la mercadería que traía de Panamá y aún así la Aduana subastó los artículos retenidos.
– También pide una indemnización de 700,403.28 dólares, en concepto de los gastos realizados desde que la Aduana vendió la mercancía.