- Ley 182 apoya a los consumidores para denunciar a cualquier
negocio que brinde un mal
servicio - En el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio existe una oficina donde se puede denunciar el mal servicio
Juan Carlos [email protected]
La mala atención y hasta el maltrato que se obtenga frente a un servicio o por la compra de un bien o producto puede y debe ser denunciado ante las instancias estipuladas para atender a los consumidores.
Hoy por hoy cualquier consumidor que se sienta afectado por la obtención de un mal servicio o producto, tiene el apoyo legal e institucional para demandar a la empresa que se lo brindó, aunque muchos no lo hacen por desconocimiento.
Mauricio Peralta Mayorga, director de Competencia y Transparencia en los Mercados del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), instó a los consumidores a reclamar o demandar a las empresas que brinden un mal servicio.
Los consumidores nicaragüenses cuentan con la oficina de la Dirección de Defensa del Consumidor (DDC), entidad encargada de dar curso a los reclamos o denuncias que hagan los consumidores.
“Además, ahora los consumidores tienen el apoyo legal de la Ley de Defensa de los Consumidores o 182, la cual está para apoyar a los consumidores en sus demandas”, comentó.
PROCESO DE LAS DENUNCIAS
Peralta dijo que cuando los consumidores deciden hacer una denuncia, deben primeramente acudir a la oficina de la DDC, la cual está ubicada en el Mific, de Metrocentro.
Indicó que en esa oficina se recepciona la queja o denuncia de manera escrita. Además, se llena un formato y se elabora un expediente.
Luego esta oficina envía una notificación al demandante y al demandado, para que ambas partes asistan a un trámite conciliatorio. Si no asiste uno o ninguno de los involucrados, se les vuelve enviar una nota citándolos.
Si después de ambos encuentros las partes no llegan a ningún arreglo, se pasa a la etapa de prueba, que dura 11 días. Luego de ese tiempo se dicta una resolución, que tarda tres días en emitirse, según Peralta.
Añadió que el resultado de la resolución es enviado a las partes en conflicto, además que si cualquiera de los involucrados desea hacer una apelación, debe dirigirla al ministro del Mific.
“El ministro no tiene un tiempo estipulado para resolver el problema, debido a que lo tiene que hacer junto con la asesoría legal del Ministerio”, manifestó Peralta.
Anotó que todo el proceso puede durar como mínimo 72 horas y como máximo 45 días, esto va a depender del comportamiento de las partes.
Señaló que si los involucrados no quedan satisfechos con la resolución del ministro, éstos pueden acudir de amparo ante el poder judicial.
TELEFONO FACIL
Actualmente existe un proyecto entre la Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) y la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (Enitel), de instalar un “teléfono fácil”, de cuatro dígitos, que funcionará en horas de oficina y será utilizado específicamente para orientación e información de los consumidores para saber cómo hacer una queja o denuncia, pues esa debe hacerse por escrito. Por el momento el número al que puede abocarse es el 267 2720.
CASOS ATENDIDOS
– Desde su creación en 1993, la Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) ha atendido hasta la fecha, un total de 373 casos, de los cuales 166 han sido quejas y 207 denuncias, según datos del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific).
– En 1993 se atendieron tres casos; en 1994 fueron seis; en 1995 aumentaron a 10; en 1996 a 11; en 1997 se atendieron 51 casos y en 1998 se incrementaron a 138; en 1999 se atendieron 44 casos; en el 2000 fueron 58 y en 2001, hasta el momento se llevan atendidos 52 casos.
– De los 373 casos que se llevan atendidos hasta el momento, 123 se han resuelto por la vía conciliatoria, igual número se han resuelto a través de la vía administrativa, es decir dentro del ministerio.
– Del gran total de casos atendidos, solamente 29 no se han resuelto y siete se han resuelto sin competencia de la DDC, por lo cual de los 373 casos un 10 por ciento no han sido terminados por esa oficina.