Sobre disputa de vivienda

El 18 de enero del año en curso, visité el Diario LA PRENSA y entregué una carta al Lic. Mario Sánchez, dirigida al Lic. Marco Aurelio Sánchez y firmada por María Mercedes Correa Montalbán, también entregué al Lic. Mario Sánchez, documentos como un soporte a mi caso que todavía está en apelación en el Ministerio […]

El 18 de enero del año en curso, visité el Diario LA PRENSA y entregué una carta al Lic. Mario Sánchez, dirigida al Lic. Marco Aurelio Sánchez y firmada por María Mercedes Correa Montalbán, también entregué al Lic. Mario Sánchez, documentos como un soporte a mi caso que todavía está en apelación en el Ministerio de Finanzas.

Estoy asombrada por el artículo publicado en LA PRENSA del 1 de abril año 2001, bajo el título “Recia disputa por vivienda”. La señora Alicia Dávila Ruiz salió del país en 1986, y yo, Mercedes Correa, ocupo la casa en que habito, Villa Rubén Darío, M-233, Managua, del 27 de marzo de 1987, hasta hoy, 14 años. Nunca he dicho que compré esta casa al Bavinic, ni verbal ni por escrito. Nunca argumenté que a mí me ampara la Ley del Ausente. Lo que afirmo es que al irse la señora Dávila fuera del país, no aplicó el artículo 2 de la Ley 760, o sea, la Ley del Ausente.

La palabra supuestamente no la puedo aceptar por ser ofensiva para mi persona. Si la señora Dávila salió del país, ¿cómo iba a alquilarle a ella si mi familia y yo la ocupamos casi dos años después?

Dice el artículo que la Sra. Alicia Dávila R., llegó en 1988 a retirar al Banco de la Vivienda de Nicaragua, la escritura del inmueble, identificándose con un carné del Seguro Social No. 49493. Le adjunto las dos cartas que me dirigieron los dos presidentes ejecutivos del Banco de la Vivienda de Nicaragua, fecha 9 de noviembre 1988, firma Mauricio Montealegre Z. Segunda, enviada el 3 de enero año 2001, firma Marco Aurelio Sánchez G.

Le adjunto también una carta que le envié al Lic. Marco Aurelio Sánchez, donde se vieron obligados a revisar el expediente de la señora Dávila, en el cual no existe ningún poder otorgado por Alicia Dávila Ruiz a Daysi Arana. En 14 años de vivir en esta casa, nunca la Sra. Daysi Arana me ha dicho ni el teléfono ni la dirección de la señora Dávila, menos qué abogado elaboró tal documento.

María Mercedes Correa Montalbán
Villa Rubén Darío M-233
Managua, Nicaragua.  

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