El penalista Sergio Cuarezma conversa con varios diputados liberales a quienes les expuso una propuesta de “Ley de Reforma de Adición al Código Penal”.

Piden urgencia en reformas penales

Delitos de corrupción serían incorporados al Código Penal vigente mientras se establece nueva legislación Consuelo Sandoval [email protected] La bancada liberal asumió ayer como propia una propuesta de Ley de Reforma y Adición de cuarenta artículos al Código Penal vigente que contempla la tipificación de los delitos bancarios y los actos de corrupción, tales como el […]

  • Delitos de corrupción serían incorporados al Código Penal vigente mientras se establece nueva legislación

Consuelo Sandoval [email protected]

La bancada liberal asumió ayer como propia una propuesta de Ley de Reforma y Adición de cuarenta artículos al Código Penal vigente que contempla la tipificación de los delitos bancarios y los actos de corrupción, tales como el enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, fraude y el soborno internacional.

El documento fue obtenido de los aportes que brindaron representantes de la sociedad civil en un seminario que sobre la Convención Interamericana Contra la Corrupción, auspiciaron el año pasado por el Comité Nacional de Integridad y la Organización de Estados Americanos (OEA), explicó el penalista Sergio Cuarezma, quien expuso el proyecto ante los legisladores liberales.

ACTUALIZACION

La directora ejecutiva del Comité de Integridad, Haydée Acosta, dijo que sabiendo que existe un anteproyecto de reforma parcial de la bancada liberal, se consideró que era conveniente presentarle a los diputados las observaciones que hizo la sociedad civil y un grupo de altos funcionarios de todos los Poderes del Estado en relación de la adecuación del nuevo código penal a la Convención Interamericana Contra la Corrupción.

Cuarezma explicó que no es incompatible la discusión paralela de una reforma parcial a la legislación penal vigente con el proyecto de una nueva legislación penal aprobada en lo general.

TEMPORAL

“Estimo que es un momento político y socialmente oportuno en donde la sociedad está reclamando la lucha contra los delitos que se cometen, sin perjuicio que se pueda discutir el proyecto de código penal porque entraría en vigor dos años después”, señaló Cuarezma.

El jefe de la bancada liberal, William Mejía, no descartó que aprobada la reforma penal, pudieran ser enjuiciados los funcionarios públicos a quienes se les demuestre que cometieron algún delito contra el Estado.

El diputado Wilfredo Navarro manifestó que las reformas tendrían el propósito de establecer las sanciones contra los funcionarios públicos y las personas naturales que se involucren en delitos bancarios en perjuicio de los ahorrantes, ”pero también para frenar la corrupción o tratar de impulsar una campaña para que haya una penalización más fuerte contra los que cometen estos actos”.

La bancada liberal sometió una propuesta de reforma parcial al Código Penal que solamente contemplaba la tipificación de los delitos bancarios, a la cual se le añadiría el proyecto del Comité de Integridad.

PROPUESTAS

El Artículo 33, referido al enriquecimiento ilícito estipula: “El funcionario público que obtenga incremento patrimonial no justificado, respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de su cargo, incurrirá en prisión de cinco a diez años e inhabilitación absoluta de dos a seis años”.

El Artículo 552, relativo al Soborno Internacional señala: “El funcionario público o cualquier otra persona que ofrece u otorga a un funcionario público de otro Estado, directa o indirectamente, cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios, como dádivas, favores, promesas o ventajas, a cambio de que dicho funcionario realice u omita cualquier acto, en el ejercicio de sus funciones públicas, será condenado con prisión de uno a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años, sin perjuicio de la pena correspondiente al delito cometido en razón de la dádiva o promesa.

Si el soborno internacional estuviere relacionado con una transacción de naturaleza económica o comercial, la pena será de cuatro a siete años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años”.  

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