Asuntos no negociables

El tema y problema del río San Juan es recurrente en y para Nicaragua. Pareciera que la disputa sobre el histórico río es un problema de identidad nacional. Pero la soberanía sobre el San Juan no sólo es un tema de discusión con los ticos, como individuos y como nación, sino un debate entre los […]

  • El tema y problema del río San Juan es recurrente en y para Nicaragua. Pareciera que la disputa sobre el histórico río es un problema de identidad nacional. Pero la soberanía sobre el San Juan no sólo es un tema de discusión con los ticos, como individuos y como nación, sino un debate entre los mismos nicaragüenses, que debemos “sanjuanizarnos” según dice uno de los participantes en esta controversia

Luis Pasos Argüello*

La única cara, perfil o lado que tienen las cuestiones internacionales es hacia lo exterior. Eso es su naturaleza internacional. Pero aún dentro de este enfoque, la cuestión con Colombia, con Costa Rica o cualquier nación tiene una peculiaridad, una característica sumamente particular y concreta, que ciertamente es común en algunos problemas de ese orden, pero no es lo usual o lo común en esta clase.

No es diferendo, no es un conflicto de tipo fronterizo, donde la discusión radica en el trazo de la frontera, ni tampoco incide sobre la vulnerabilidad de la soberanía. Costa Rica afirma, con entera buena fe, que sabe y respeta que el río San Juan es nicaragüense, que no pretende ni una sola pulgada de terreno nicaragüense, ni tampoco tiene intención de violar nuestra soberanía.

El problema radica en otra cosa. En el aprovechamiento o disfrute, utilización de la cosa, no la cosa misma. Vamos a hacer primero una comparación grotesca, pero que ayudará a entender en lo que consiste el problema. Nosotros tenemos un plato o un vaso, que es nuestro y no están disputando esa pertenencia plato o vaso. Simplemente lo que se quiere es la comida que está sobre el plato, el agua que está dentro del vaso.

Adentrémonos más en otra comparación para irnos acercando a la realidad. El árbol es nuestro y no discuten nuestra propiedad; lo que se pretende es gozar y compartir de lo que produce el árbol en frutos, respetando nuestra propiedad sobre el vegetal productor.

Y vamos más derechamente al grano. Vamos a explicar una mina de petróleo, de oro, o lo que sea, que está en mi propiedad, obteniendo financiamiento a medias para dividirnos la ganancia.

Para comprender de lo que se trate, se hace necesario recordar y resaltar que el aprovechamiento o la utilización de algo es el disfrute principal del dominio, que la propiedad consiste en eso precisamente, principalmente, en usar y disfrutar. Si alguien tiene el disfrute o el uso que a mí me pertenece, se llama usufructuario o usuario, que es un derecho real sobre la cosa, atribución de dominio.

El río San Juan es exclusivamente nicaragüense y decir exclusivamente significa que la totalidad de su goce o de su disfrute le pertenece a Nicaragua. Establecer una comunidad para disfrutar del río, para gozar de su uso, utilización o aprovechamiento es violar el Tratado Jerez-Cañas. Que sobre territorio nicaragüense se establezca una comunidad binacional para disfrutar de mejoras y repartición de dividencias que produzcan, es regalar riquezas naturales que son exclusivamente nicaragüenses.

Y contemplar así el problema, como es en realidad, viene a ser, pero que sí se trata simplemente de una pretensión de soberanía, porque la treta está disfrazada o encubierta por una falacia. Querer separar la cosa misma de su aprovechamiento en apenas un ardid.

Y visto y enfocado así el problema todo lo conjunto en río San Juan, simple y llanamente pertenece a una categoría de concesión que dentro de nuestro marco constitucional puede clasificarse: “No Negociable”.

El Laudo Cleveland preceptúa terminantemente que Costa Rica no tiene derecho de aprovechamiento alguno en el río San Juan, ni siquiera a las ventajas que podría derivarse de un canal interoceánico.

Conceder aprovechamiento es conceder condominio.

* Luis Pasos Argüello ha sido el “sanjuanólogo” más conspicuo de Nicaragua. Este artículo es tomado de su libro “EPILOGOS al libro de “Canalización conjunta del río San Juan”, páginas 193-194.

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