- El Gobierno de Nicaragua, como una disposición del Presidente Arnoldo Alemán para promover la inversión extranjera, está facilitando las condiciones migratorias para la contratación de mano de obra de la República Popular de China, para disgusto de Estados Unidos que ve en esta acción un incentivo al flujo de inmigrantes que llegan a ese país norteamericano
José Adán Silva [email protected]
El joven Zhang Song Gang dejó atrás su patria y su familia con tal de encontrar un empleo, aunque éste quedara al otro lado del océano Pacífico. No le importó enrolarse en una embarcación de bandera extranjera, recorrer miles de millas de mar, ni llegar a un país extraño y de costumbres distintas, donde una empresa llamada Pan Pacific Fisheries le pagaría 10 veces menos de lo que le pueden pagar a otro chino igual que él, sólo que nacido en Taiwan.
El de Zhan Song es sólo uno más de los cientos de casos de chinos continentales que cada año abandonan su tierra porque se sienten atraídos por la oportunidad de ganarse unos cuantos dólares más en las nuevas empresas nicaragüenses que ofrecen trabajo, alojamiento y gastos de transporte, o quizás simplemente ilusionados por llegar a Norteamérica.
Según estadísticas de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), al menos 14 empresas radicadas en Nicaragua, generalmente de capitales asiáticos, importan trabajadores desde las lejanas tierras de la República Popular de China, a quienes ven como mano de obra barata y calificada, según palabras propias de uno de los empresarios de ascendencia asiática que en 1999 ordenó la contratación de 50 chinos para la empresa Pan Paficic Fisheries.
Estas contrataciones son respaldadas por el Gobierno de Nicaragua, como un incentivo para la inversión extranjera en el país, según dijo el ahora destituido director de Migración y Extranjería, José Rivas para justificar el incremento de chinos continentales en Nicaragua desde 1998.
Las facilidades migratorias del Gobierno nicaragüense se producen a pesar que existe el Decreto Presidencial 115-99, que restringe y regula el ingreso al país para los habitantes de 20 países: Colombia, Cuba, Libia, Jordania, Afganistán, Irán, Irak, Albania, Sri Lanka, República Popular de Corea, Nepal, Líbano, Vietnam, Bosnia, Yugoslavia, Haití, India, Somalia, Pakistán y República Popular de China.
De acuerdo a los datos de la Dirección General de Migración de Nicaragua, en el año 2000 entraron al país 2,071 chinos, de los cuales al finalizar el año salieron 1,781. Un año antes, en 1999, el movimiento migratorio de ingreso de chinos continentales fue de 1,020, mientras el de salida fue de 976.
Estos inmigrantes, en su mayoría, son traídos por los inversionistas de las Zonas Francas industriales, quienes tramitan la visa de ingreso y la situación migratoria de los inmigrantes, como parte del contrato laboral negociado con los trabajadores chinos.
Según estadísticas de la Dirección de Extranjería, los movimientos migratorios de entradas y salidas de chinos continentales, desde septiembre de 1998 hasta la fecha, involucraron a un total de 6,711 chinos, de los cuales quedan en Nicaragua 343 al iniciar el 2001.
El reporte del Departamento de Informática de Migración al iniciar el año indica que la mayoría de estos 343 chinos continentales trabajan en 14 empresas dedicadas a textiles y pesca, bajo condiciones migratorias especiales. Entre estos chinos se encuentran 247 residentes, 79 con residencia en trámite y 17 cuyos ingresos están en su correspondiente período de estancia autorizada de 30 días.
Entre las empresas extranjeras que tienen contratos con personal de la República Popular de China, según información de la Dirección de Migración y Extranjería, están las siguientes: Personal (25), Roo Hsing Garment´s (10), Presitex (23), Fortex (54), Chentex (10), China Unida (41), Ninenh Shing (19), Conicsa (23), Hill Chiang Garment´s (17), Esperanza SA (1), John Garment´s (2), Shing Hsing Gartment´s (21), Singbo Garment´s Factory (3), Formosa Textil (28), Chao Hsing (51) y Pan Pacific Fisheries SA.
EL NEGOCIO MIGRATORIO PROSPERA
Por cada ciudadano chino que traen a Nicaragua para trabajar en las Zonas Francas las autoridades nicaragüenses perciben 25 dólares, que es el valor de la visa nicaragüense en los consulados en el extranjero, más 5 dólares extras por el valor de la tarjeta turística que se le vende a todo inmigrante.
Esta apertura de las fronteras nicaragüenses a extranjeros bajo la administración de Rivas, ha permitido que el Gobierno de Nicaragua aumente sus ingresos por ventas de tarjetas turísticas desde 1998, año en que Rivas asumió la Dirección de Migración y a partir del cual empezó a instaurar nuevos controles en la sección de la DGME en el Aeropuerto Internacional.
Los ingresos en ese sentido aumentaron drásticamente en el año 2000 hasta casi alcanzar el 700 por ciento en comparación a los ingresos en 1998. Mientras en 1998 Nicaragua recaudó 85,450 dólares por las ventas de tarjetas de turista, en 1999 subió a 473,359, hasta llegar a 655,460 el año pasado.
LOS MARINOS NO PAGAN
A diferencia de los chinos importados para trabajar en las Zonas Francas, los que vienen a trabajar como marinos de las empresas pesqueras no pagan visa ni tarjeta de turista, lo que favorece a los inversionistas de empresas pesqueras que como la Pan Pacific Fisheries, contratan a su personal en el extranjero. Esta empresa, sólo entre el 13 y el 20 de julio de 1999, trajo 51 marinos chinos.
El subcomandante Danilo Narváez, Director de Extranjería de la DGME, explica que para el ingreso de marinos sólo basta un pasaporte de marino expendido en sus países de origen y la promesa de los contratistas de hacerse cargo de los extranjeros. En caso de que ya en Nicaragua unos inversionistas prescindan de los servicios de uno de sus trabajadores importados, tiene que reportar la decisión a Migración y costear el valor del transporte de regreso.
Ya en las empresas, los inversionistas sólo tienen que reportar a la DGME los datos del trabajador y someterse a revisiones de control aleatorias. En este caso, el status migratorio de los marinos es de “no residente” e “inmigrantes en relación de dependencia”. El ingreso de los chinos continentales está basado en el artículo 49 de la Ley 153 que dice “que se exceptúan del requisito de visa a los extranjeros no residentes que entren al país en calidad de tripulantes y en tránsito vecinal fronterizo, sobre la base de la aplicación del principio de reciprocidad”.
La situación de los marinos chinos también está sustentada en el convenio número 9 “Relativo a la colocación de la gente de mar”, adoptado por la Organización Internacional de los Trabajadores y del cual Nicaragua es suscriptora. Este convenio data del 15 de junio de 1920, y junto a la Organización Marítima Internacional (OMI) respaldan la libre colocación de gente extranjera en mares territoriales.
En el caso de los chinos que se enrolan en las embarcaciones pesqueras, la DGME los controla por medio de revisiones “in situ” que de manera aleatoria disponen y con la ayuda de la Marina del Ejército, que revisan las embarcaciones en sus entradas y salidas al mar, entregándoles en estas situaciones una copia de zarpe, donde se inscribe el número de la embarcación, los tripulantes y el destino de la nave.
¡Vengan chinos continentales!
El ingreso de miles de chinos continentales a Nicaragua es facilitado por el Gobierno de Nicaragua, directamente por el presidente Arnoldo Alemán, que como incentivo para los inversionistas autoriza el visado a los chinos continentales cuando son solicitados por las empresas que forman la corporación de Zonas Francas. Para ello se forma un Comité de Evaluación en el que participa el Ministerio de Economía, Cancillería, Migración y otras instituciones.
Chinos no son dueños de sus destinos
Desde que zarpan de los barcos o suben al avión para venir a trabajar a Nicaragua, los chinos ya no son dueños de sus destinos: sus vidas quedan a merced del contratista y las reglas que rigen a las empresas a las que vienen a trabajar.
Así lo señalan hasta las leyes migratorias nicaragüenses y bajo esa condición es que los trabajadores de la República Popular de China entran a Nicaragua. La Ley de Migración de Nicaragua (Ley 153) califica a los chinos que vienen a trabajar a las zonas francas o a las empresas pesqueras de capital asiático bajo el categórico título de “inmigrantes en relación de dependencia”.
“Es inmigrante en relación de dependencia aquel en que el Estado, empresa pública o privada, participan directa o indirectamente en su traslado y residencia en el país, o recibe de organismos internacionales subsidios o asistencia financiera”, reza textualmente el mencionado artículo.
Bajo esos arreglos de total control de los actos y movimientos de sus trabajadores extranjeros, solicitados expresamente por las representaciones consulares nicaragüenses a los inversionistas, según la Dirección General de Migración y Extranjería, es que los empresarios de las Zonas Francas logran introducir técnicos, supervisores y otra clase de empleados calificados, a quienes les garantizan su status migratorio rápidamente, con la ayuda de las instituciones respectivas.
A los chinos se les garantiza transporte, comida, hospedaje y paga, bajo las condiciones que el contratista disponga, lo que ha originado diversas situaciones de denuncia de supuestos abusos de derechos laborales y humanos en las Zonas Francas, como ocurrió a inicios de julio de 1999, cuando una treintena de trabajadores traídos de Filipinas fue obligada a trabajar más de 24 horas continuas en la textilera Chen-Young´s, sin que las autoridades nicaragüenses pudieran hacer nada por los extranjeros. El argumento fue que era parte del contrato entre la patronal y los trabajadores.
Noticia relacionada:
Enfrentan restricciones migratorias