Sergio Cuarezma
Recordarán que en el contexto de la pasada crisis del Banco del Café, una de las personas que integraba la comisión negociadora para conversar con las autoridades del Banco Central, expresó ante los medios de comunicación que el Dr. Noel Ramírez les había dicho que el “Poder Judicial era corrupto”. Inmediatamente la CSJ reaccionó incómoda, mostrando ante la opinión pública un singular malestar por semejante expresión, y asegurando que el Dr. Noel Ramírez en calidad de abogado, sería notificado para que compareciera ante ella con la finalidad de que “aclarara” tal extremo.
Este hecho me permitió reflexionar y, sobre todo, analizar no la expresión que supuestamente dijo Noel Ramírez, sino la actitud de la CSJ sobre las personas que somos abogados. La lectura del mensaje es obvia (espero estar equivocado): la abogada o abogado que (aún ejerciendo sus derechos constitucionales, como la libertad de pensamiento y de expresión) incomode al Poder Judicial, será, como en la Europa de la Edad Media, sometida o sometido al suplicio y tormentos del régimen disciplinario de la CSJ y declarada o declarado bruja o hereje.
Noel Ramírez no fue llevado ante el “tinglado de la justicia disciplinaria”, ni obligado a retractarse de lo que dijo o no: que el “Poder Judicial era corrupto”, como le pasó a Galileo o a Juana de Arco, sólo por mencionar algunos. La razón de que Noel Ramírez no fuera citado, es sencilla; él, en expresión de un buen amigo, tiene “doliente”, alguien que lo respalda, lo protege, nada menos a quien lo nombró en su actual cargo. Sin embargo, la abogada o abogado que, sin “doliente”, se atreva a inferir un tipo de opinión que irrite al Poder, correrá una suerte distinta a la de Noel Ramírez, la suerte de los herejes. El caso no es quien estuvo involucrado, Noel Ramírez; el caso es la situación de las “abogadas y abogados del país”, sometidos a un control absoluto, en desigualdad de armas, ya que quien controla es nada menos que un Poder, el Judicial. Habrá además que preguntarse, y muy seriamente, si los derechos humanos y las garantías del debido proceso de las abogadas y abogados se respetan o no cuando son juzgados por la CSJ.
Por ejemplo, y sumado a lo anterior, todavía hoy la CSJ, después de 31 años, continúa amonestando, multando y suspendiendo temporal o definitivamente de su profesión a las abogadas y abogados (sin derecho de apelar) con base en la fórmula de “verdad sabida y buena fe guardada”. Fórmula inconstitucional, hija del Estado policíaco (siglo XVIII), rompe con las garantías del proceso debido que tan acertada y escrupulosamente tutela no sólo la Constitución Política sino la propia Ley Orgánica del Poder Judicial.
Las relaciones de la CSJ con las abogadas y los abogados debe, sin duda, de revalorarse. Esta relación no debe de continuar basándose en los viejos conceptos tutelares del “buen padre de familia”, que legitima el maltrato a su hija o hijo porque cree “a verdad sabida y buena fe guardada” que es lo correcto y lo mejor para éstos, ni mucho menos llamarlos para regañarlos porque opinan diferente al Poder. La CSJ y el gremio deben de crear un espacio para analizar y delimitar la frontera de las regulaciones éticas y de lo justiciable, y evitar abusos de un poder verticalizante que hace que el Estado de Derecho se degrade a Estado de Policía, con el consiguiente costo para la seguridad jurídica, premisa para el desarrollo humano.
* El autor es Catedrático de Derecho Penal y Criminología.