- No se presentó al trámite de mediación
Pedro J. Vindell Matus [email protected]
GRANADA.- Por medio de una cédula judicial fue citado a la Sala para lo Penal del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Sur (Granada-Rivas), el abogado y notario Rafael García Bustos por la supuesta falsificación de documentos públicos en perjuicio de los señores Pedro Ramón Acevedo Montenegro y Nadesna Gómez de Acevedo.
García Bustos enfrenta proceso en el Juzgado Civil del Distrito por la misma causa, junto a la señora Cristina Dolores Acevedo Dutra. Ambos no se presentaron al correspondiente trámite de mediación al que fueron citados en octubre de este año.
Ellos están señalados de haber falsificado las firmas del matrimonio Gómez-Acevedo para registrar como propiedad de Acevedo Dutra una casa que perteneciera a la señora María de la Asunción Montenegro Flores (q.e.p.d), de quien la obtuvo por compra directa su hijo Pedro Ramón, quien la inscribió con promesa de venta a favor de su esposa Nadesma.
Cuando Acevedo Montenegro se presentó al Registro Público del Departamento de Granada para solicitar la cancelación de los derechos de usufructo y habitación se dio cuenta de la presunta falsificación, en la cual Nadesma y su esposo rescinden de la promesa de venta. Ellos ni siquiera conocían a García Bustos, ante quien aparecen como firmantes de las escrituras que ellos argumentan son falsas.
La señora Acevedo Dutra, que reside en el extranjero, no dejó a ningún apoderado.
El matrimonio afectado se queja de retardación en el caso procesal civil, además de que lo denunciaron en la Corte Suprema de Justicia sin que García Bustos se haya presentado a responder por los hechos señalados.
CITAN AL ACUSADO
La Sala para lo Penal del Tribunal de Apelaciones nombró al magistrado Francisco Roberto Rodríguez Baltodano para que ejecute el juicio de instrucción criminal, por lo que citó al acusado García Bustos a que rinda su declaración indagatoria y en caso de no nombrar defensor, que lo haga personalmente en su calidad de abogado.
– Todo esto en base al libelo acusatorio del matrimonio perjudicado y a lo establecido en el Arto. 43 del Código de Instrucción Criminal y la tramitación consecuente con el Decreto 1618 y los Artos. 403 y siguientes, indica la cédula del Tribunal de Apelaciones, firmada por el secretario doctor Armando Mejía.
– Por su parte, Rodríguez Baltodano se encargará de las diligencias que les corresponden a los juzgados locales en lo criminal, pero no dictará auto de detención o de prisión, trasladando el caso después de analizado, a la misma Sala para lo Penal que será la que resuelva.