Presentarán ley de control a la usura

Establecerá techo máximo para cobro de intereses de préstamos entre particulares Consuelo [email protected] La bancada sandinista presentará mañana a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional una reforma a la Ley 176 relativa a préstamos entre particulares y que pretende controlar el cobro de intereses usureros, y que, según sus autores, beneficiaría a miles de […]

  • Establecerá techo máximo para cobro de intereses de préstamos entre particulares

Consuelo [email protected]

La bancada sandinista presentará mañana a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional una reforma a la Ley 176 relativa a préstamos entre particulares y que pretende controlar el cobro de intereses usureros, y que, según sus autores, beneficiaría a miles de comerciantes y ciudadanos afectados por los altos intereses que cobran las microfinancieras e intermediarios.

El tercer secretario del Parlamento, Wálmaro Gutiérrez, aseguró que la iniciativa que será interpuesta mañana, no pretende dañar la labor que vienen realizando las microfinancieras que han llenado el vacío dejado por la banca comercial.

Por el contrario, insistió, tratará de establecer claramente el techo máximo para el cobro de los intereses que no está bien definido en la ley vigente.

Precisó que actualmente la legislación señala que el porcentaje de intereses que cobran los prestamistas, es la tasa referencial que cobra la banca comercial.

“Se habla de la tasa de interés más alta de la banca comercial, pero en ésta hay diferentes tipos, tales como de corto, mediano, largo plazo; el de los créditos para comprar un vehículo; tarjetas de crédito; sobregiros y el castigo que aplica el Banco Central a entidades financieras cuando no cumplen con el encaje legal, por lo cual, les conceden un préstamo a intereses overnight”, explicó Gutiérrez.

NO HAY CARCEL POR DEUDA

El legislador indicó que la modificación legislativa contempla reformar el artículo 6, estableciendo que las autoridades judiciales no podrán bajo ningún concepto girar apremio corporal contra ningún deudor mientras no concluya el proceso judicial en su contra por considerar que nadie paga encarcelado.

Gutiérrez sostuvo que la enmienda legislativa establece que los prestamistas e intermediarios deberán cumplir con todos los requisitos de inscripción señalados en el artículo reformado, para constituirse como tales, pues en caso contrario, no podrán reclamar ni un centavo aunque ganen el juicio contra un deudor.  

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