- Contraloría y Asamblea investigarán indemnizaciones de Duquestrada, Levy y Quintana
Jorge Loaisiga Mayorgay Consuelo [email protected]
La comisión anticorrupción del Parlamento interpelará al ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban Duquestrada, contra quien podría solicitar una orden judicial de apremio corporal para obligarlo a comparecer, advirtió ayer el diputado Víctor Hugo Tinoco.
Aseguró que Duquestrada deberá explicar al Legislativo, el próximo 3 de octubre, todo lo relacionado a las anómalas indemnizaciones que obtuvo en calidad de miembro de la Junta Directiva del Banco de Industria y Comercio (BANIC), y como asesor de esa misma instancia financiera, así como por la entrega de la indemnización al ex presidente ejecutivo de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), Edgar Quintana, entre otros aspectos.
Tinoco recordó que hace año y medio, el titular de Hacienda obtuvo varios centenares de miles de dólares en concepto de las dos indemnizaciones, una de las cuáles, devolvió por presiones de los legisladores de la Comisión Anticorrupción.
“El señor Duquestrada está metido en muchos casos, vamos a solicitarle que venga y si él no viene, yo creo que la comisión tiene posibilidad de solicitar y de presionar, inclusive recurrir al apremio corporal porque tenemos base legal cuando se trata de funcionarios públicos que no quieren comparecer ante la comisión anticorrupción”, manifestó Tinoco.
w CGR investiga indemnización de Gabriel Levy
El Consejo Superior de la Contraloría General de la República aprobó ayer dar inicio a una investigación para determinar si hubo o no abuso de los recursos del Estado en la cuantiosa indemnización que recibió Gabriel Levy, al salir de la Cementera Nacional, cuyo monto asciende a casi cien mil dólares.
La información fue suministrada por el presidente del órgano colegiado, Guillermo Argüello Poessy, quien confirmó que la suma recibida por Levy asciende a 98,366, dólares con cincuenta centavos, tal como lo informó LA PRENSA en su edición del pasado 13 de septiembre.
“La indemnización, según el documento que tengo de la Cementera, de Don Gabriel Levy fue de 98,366, dólares con 50 centavos”, expresó Argüello.
El presidente del órgano de control expresó que de acuerdo a la documentación que le envió la Cementera, a Levy se le entregó una indemnización de seis meses de salario sobre la base del artículo 47 del Ministerio del Trabajo.
“Lo que se ordenó es que el departamento legal, la dirección jurídica analice y nos dé un dictamen para conocerlo la semana que viene’’, dijo el contralor.
El artículo en mención se refiere a los cargos de confianza y establece que el empleador deberá pagar en concepto de indemnización una cantidad equivalente entre dos meses y hasta seis meses de salario, siempre y cuando el trabajador tuviese un año continuo de trabajo.
CASI CIEN MIL DOLARES ESPERA LEVY
– Levy fue presidente de la Junta Directiva de la Compañía Nacional Productora de Cemento y recibió una cuantiosa indemnización que ahora es revisada por el ente de control.
– Levy Porras laboró desde enero de 1999 hasta el 31 diciembre de ese mismo año, devengando un sueldo de $10.000.00 mensuales, sin incluir los gastos de representación, tarjetas de crédito y otras prestaciones.
– El ex funcionario recibió su liquidación final en tres partidas, basada en los artículos 45 y 47 del Código Laboral, cuyos cheques fueron rubricados por el gerente general de la Cementera, Guillermo Ramírez y el asistente de la presidencia ejecutiva, Randolfo Zeledón.
– La primera cuota se emitió el 21 de diciembre de 1999 con el cheque número 0000383; por un monto de $30,000,00 de la cuenta # 24-00005-2, del Banco Nicaragüense de Industria y Comercio (Banic), sucursal Plaza España.
– El segundo cheque por otros $30,000,00, fue emitido dos días después bajo el número 0000355 de la cuenta #110-03-001-004697-3 del Banco de Finanzas (BDF).
– El último cheque por un valor de $35,972,23 fue girado el 29 de diciembre del mismo año y la misma cuenta del BDF.
– A Levy le pagaron según el detalle de la liquidación, como si laboró tres años y medio, pues le calcularon 3.67 meses de salario, aplicándoles el artículo 45 del Código Laboral y otros 6 meses de salario en calidad de empleado de confianza estipulado en el artículo 47 de la misma legislación.