- Acusaciones de magistrados Lang y Rivas quedan sin fundamento
José Adán Silva [email protected]
El Consejo Superior de la Contraloría General de la República (CGR), emitió una resolución donde absuelven a la ex presidenta del Consejo Supremo Electoral (CSE), Rosa Marina Zelaya, de una denuncia que en su contra introdujeron los magistrados electorales Emmet Lang y Roberto Rivas, por supuesta sustracción de documentos y presuntas irregularidades en el manejo del presupuesto del CSE en años anteriores.
La resolución fue emitida a mediados de agosto del año en curso, y a través de ella se le notifica a los magistrados Rivas y Lang, presidente y vicepresidente del CSE, que en la revisión especial practicada a la administración de Zelaya, no se encontraron responsabilidades administrativas ni penales.
A Zelaya, el magistrado Lang la denunció ante la CGR a finales de mayo, por la supuesta sustracción de actas de escrutinio de las elecciones generales del 96, así como actas de las sesiones de magistrados anteriores a julio de 1995.
La CGR envió al magistrado Lang una notificación donde le declaran “improcedente” su solicitud, y le explican que esto es debido a que los objetivos de esa entidad fiscalizadora son “el examen, control y evaluación de la gestión administrativa y financiera de los entes públicos”, y que su “ámbito de competencia se extiende única y exclusivamente sobre los bienes y recursos del Estado”.
Igualmente, Rivas pidió a la CGR que realizara auditoría a los estados financieros del CSE en el período de 1999, así como una auditoría a los pagos de servicios de asesoría durante la gestión de Zelaya.
A Rivas la CGR le responde que las revisiones especiales indican que “los desembolsos realizados por el CSE, respecto del valor de los pagos realizados a los 14 asesores y consultores se llevaron a cabo de acuerdo con lo que establece la Ley de Régimen Presupuestario y sus reformas”.
La resolución informa a Rivas que las contrataciones de Zelaya se efectuaron de acuerdo a las necesidades de los magistrados y que el CSE en la fecha que se realizaron los contratos por asesorías no se regía por la Ley de Contrataciones Administrativas del Estado.