- Magistrados reclaman la no inclusión de sus aportes, pero diputado dice que fueron incluidos
- Acaba de ser publicada y ya se habla de reformarla
JANELYS CARRILLO BARRIOS [email protected]
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), no está plenamente convencida de que tal como fue aprobada, la Ley de lo Contencioso Administrativo sea un instrumento eficaz para que el ciudadano común se defienda de los actos de la administración pública. Por eso no descarta la posibilidad de reformarla.
Por tal motivo, el tres de agosto pasado, la Sala Penal de lo Contencioso Administrativo de la CSJ inició el estudio de la Ley que regula la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
“El objetivo es detectar problemas que podrían presentarse con su aplicación para proponer reformas y corregirlos”, dijo el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la CSJ, magistrado Julio Ramón García Vílchez.
El funcionario declaró a LA PRENSA que la ley “difiere bastante” de la propuesta que ese Poder del Estado presentó en 1997 a la Asamblea Nacional, en otras palabras, que los legisladores no incorporaron al texto de la ley los aportes que la CSJ hizo en aquella época.
Pero el diputado Edwin Castro Rivera, quien formó parte de la Comisión Especial que dictaminó la ley, no está de acuerdo con García Vílchez. El legislador sandinista aseguró que no sabe a qué se refiere el magistrado cuando dice que sus aportes no fueron tomados en cuenta, cuando fue la bancada sandinista la que impulsó una serie de seminarios sobre el tema en los que aquél estuvo presente.
Pero, ¿no caben reformas?, preguntó LA PRENSA, a lo que Castro Rivera respondió: “Ellos podrán hacer propuestas y no sé si eso se descarta, en el nivel de la especulación todo es posible, pero te puedo decir que bastantes, muchos de sus aportes fueron tomados en cuenta”.
Diseñada para castigar a los que vulneren los derechos e intereses de la ciudadanía, la referida ley promulgada bajo el número 350 fue publicada por La Gaceta, Diario Oficial, el 25 de julio pasado, tras casi cuatro años de permanecer engavetada en el Parlamento.
En su parte final, determina que entrará en vigencia el 25 de mayo del año 2001, cuando se aplicará únicamente a las actuaciones, resoluciones, vías de hecho u omisiones de la administración pública, a partir de esa fecha.
VACACIÓN LEGAL BENEFICIA AL GOBIERNO
El magistrado García Vílchez dijo que en este momento “le estamos poniendo la lupa” (a la ley), por lo que llamó la atención sobre el período de diez meses de “vacación legal” que el Parlamento determinó para que entre en vigencia, el que a su juicio es bastante largo.
La vacación legal (vacatio legis) es el período que se fija para que una ley entre en vigencia después de ser aprobada y que se utiliza para capacitar a los funcionarios judiciales sobre su aplicación y educar a la ciudadanía sobre sus beneficios, entre otras cosas.
Significa que cuando los infractores de la Ley 350 sean emplazados por sus actos, sólo faltarán seis meses para que termine la administración del presidente Arnoldo Alemán y con ello la responsabilidad de sus funcionarios públicos.
García Vílchez recordó que cuando la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley 260) fue promulgada, sólo hubo seis meses de “vacación legal”. En ese sentido, aseguró que investigarán por qué se amplió tanto el plazo para esta nueva ley, aunque advirtió que si fue una decisión política a la CSJ no le compete inmiscuirse.
Al respecto, el diputado Castro Rivera precisó que antes de ser aprobada, los sandinistas eran de la opinión que la vacación legal debía ser menor de 10 meses pero los liberales propugnaban porque fuese de un año.
“Lo que querían evitar era que la ley se aplicara al gobierno de Alemán, pero nos opusimos y optamos por una negociación que finalmente fijó la vacación legal en un período de diez meses”, dijo.
El magistrado de la CSJ planteó su creencia de que la ley debe estar exenta de roces con la Constitución Política. “Debe evitar la burocracia de tantos tribunales y juzgados que conozcan de la acción contenciosa administrativa que (a veces) hacen un procedimiento eterno y los juicios viven en eterna memoria, lo que viene a desembocar en retardación de justicia”, apuntó.
El alto funcionario judicial aseguró que será después de la celebración de cuatro talleres que tendrán una idea de “si esta ley está bien o amerita reformas posteriores. Es por eso que queremos confrontar el proyecto que presentó la CSJ y la ley aprobada”.
LEY MODERNIZA LEGISLACION
De necesitarse una reforma a la ley, la Sala que García Vílchez preside la pondrá en conocimiento de la Corte Plena, que finalmente decidirá qué hacer. Sin embargo, Castro Rivera señaló categóricamente: “Lo que le corresponde a García Vílchez es estudiarla y aplicarla”.
La aplicación de la nueva ley demanda la creación de Salas de lo Contencioso Administrativo en los Tribunales de Apelaciones de todo el país, por lo que la “vacación legal” será aprovechada para capacitar a los funcionarios del Poder Judicial en general y elegir a los magistrados en particular.
George Schmidt, representante de la Fundación Konrad Adenauer que patrocinó el taller de la Sala de lo Contencioso Administrativo, estimó que ahora “el ciudadano tendrá un instrumento para corregir los abusos e infracciones de poder, con esto Nicaragua modernizará su legislación y se pondrá a la altura de otros países del área que desde hace tiempo cuentan con una ley de esta naturaleza”.
El artículo de la discordia
Los términos en que se dio la aprobación de la ley de lo Contencioso Administrativo, pero particularmente el Artículo 119, habrían causado malestar entre varios magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por cuanto plantea la posibilidad de ser destituidos si llegan a incumplirla.
Como se sabe, el incumplimiento de los plazos para la resolución de los casos que llegan al Supremo Tribunal se ha vuelto un problema crónico, razón por la que la imposición de sanciones por parte del Parlamento, supuestamente no ha sido bien visto por los magistrados judiciales.
“Ese malestar fue inmediato, creen que con ese Artículo se interfiere en su trabajo; algunos hasta amenazaron con declararlo inconstitucional y dijeron que interpondrían recursos, pues ahora tienen 60 días para hacerlo”, advirtió el diputado sandinista Edwin Castro Rivera.
El legislador no quiso decir quiénes ni con cuál partido se identifican dichos magistrados de la CSJ, limitándose a decir: “Me reservo los nombres”.
¿Qué dice la Ley?
El Artículo 119 de la Ley de lo Contencioso Administrativo refiere textualmente:
* Los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia quedan obligados a pronunciarse en el plazo y término establecido por la presente ley en aquellos casos en que se haya efectuado la apelación de la sentencia por cualquiera de las partes.
* En caso de incumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior, el interesado podrá presentar la queja respectiva ante la Asamblea Nacional, misma que podrá hacer hasta dos llamadas de atención a los magistrados de la Sala.
* De persistir el incumplimiento de los plazos establecidos en la presente ley para resolver los casos de apelación se procederá, siempre a instancia de parte interesada, a presentar la solicitud de destitución de los magistrados de la Sala referida ante la Asamblea Nacional, la que deberá resolver en un plazo no mayor de 60 días. Esta fijará y determinará el procedimiento.