- Presidente del INSS señaló que si avalaron el nuevo método fue porque habían “mal
interpretado” la Ley - El nuevo cálculo establecido en la Ley indica que el empleador debe deducir del salario nominal la cuota del Seguro Social y del resultante se deberá descontar el IR. Antes se deducía del salario nominal la cuota del INSS y el IR de una vez
GUSTAVO ORTEGA CAMPOS [email protected]
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y la Dirección General de Ingresos (DGI), rechazaron por segunda ocasión en menos de un mes la vigencia de la nueva forma de calcular el cobro del Impuesto sobre la Renta (IR), establecida en la Ley de Sistema de Ahorro de Pensiones, la que fue avalada en abril por el mismo Fisco.
Ayer la DGI emitió una nota de prensa donde señala que el director de la entidad, en conjunto con el presidente ejecutivo del INSS, informan a la población que la nueva forma de calcular el cobro del IR, tributo gravado a aquellos empleados con salarios anuales mayores a los 50,000 córdobas, aún no está vigente
“Para efectos de la aplicación del artículo número 23 (Incentivos fiscales) de la Ley de Sistema de Ahorro para Pensiones, dicho sistema no ha iniciado sus operaciones, ya que como menciona el artículo número 125 de la propia Ley, esta fecha de inicio requiere de la constitución de dos Instituciones Administradoras y la notificación de la Superintendencia de Pensiones mediante dos publicaciones en los diarios de circulación nacional”, indica la notificación.
Al respecto, el especialista en Derecho Tributario, Julio Francisco Báez, dijo que la postura de ambas entidades violenta la Ley de Pensiones misma, al tiempo que aseguró que el establecimiento de las instituciones administradoras de los fondos de pensiones no tiene ninguna relación con la nueva forma de cálculo del IR.
“Es una burla, un descaro tributario, aún cuando la tabla de deducciones del IR tiene tres años de obsolescencia pues las tarifas no han sido actualizadas”, indicó.
El nuevo cálculo establecido en la Ley indica que el empleador debe deducir del salario nominal la cuota del Seguro Social y del resultante se deberá descontar el IR. Antes se deducía del salario nominal la cuota del INSS y el IR de una vez.
“Se dieron cuenta muy tarde que este nuevo mecanismo le significarían unos 40 millones de córdobas menos en sus recaudaciones lo que equivale a igual monto que se estarían ahorrando los empleados que enteran el IR”, señaló Báez.
Esta es la segunda ocasión que ambas entidades se retractan de la disposición que fue avalada en mayo pasado a través de una circular interna firmada por el destituido director de Ingresos, Byron Jerez.
Dicha circular señalaba además que el artículo es aplicable a partir del 11 de abril de este año, fecha en que fue publicada la Ley en La Gaceta.
El presidente ejecutivo del INSS ratificó la notificación y dijo que si en un momento el ex director del Fisco y él dieron cabida a la nueva modalidad de cálculo del IR, “fue porque no se interpretó correctamente la Ley”.
Repitió las condiciones establecidas en la nota de prensa del Fisco y reiteró que la Superintendencia de Pensiones y las primeras empresas administradoras de las pensiones estarán funcionando antes que finalice el primer semestre del año 2000.