Médico esteliano gana batalla jurídica al MINSA

Tribunal de Apelaciones sienta jurisprudencia en caso laboral Es el trabajador quien decide si acepta indemnización o su reintegro ADOLFO OLIVASMARTHA M. [email protected] ESTELI.– Una batalla legal que duró 18 meses entre el Ministerio de Salud y el doctor Víctor Treminio Zavala, secretario de Asuntos Laborales de FETSALUD en el Hospital “San Juan de Dios”, […]

  • Tribunal de Apelaciones
    sienta jurisprudencia en caso laboral
  • Es el trabajador quien decide si acepta
    indemnización o su
    reintegro

ADOLFO OLIVASMARTHA M. [email protected]

ESTELI.– Una batalla legal que duró 18 meses entre el Ministerio de Salud y el doctor Víctor Treminio Zavala, secretario de Asuntos Laborales de FETSALUD en el Hospital “San Juan de Dios”, culminó a favor del dirigente sindical, cuando se ordenó el definitivo reintegro a su trabajo y el pago de los salarios dejados de percibir.

La litis inició el cuatro de enero de 1999, cuando la entonces Ministra de Salud, licenciada Martha McCoy Sánchez, emitió la Resolución Ministerial 01-99, ordenando el despido inmediato sin causa justa del médico Treminio Zavala que se desempeñaba en la Sala de Pediatría del citado Hospital.

Tanto la Inspectoría departamental del Ministerio del Trabajo como el Juzgado de Distrito de lo Civil, emitieron sentencias que ordenaban la reintegración del sindicalista, considerando que el MINSA lesionó el Fuero Sindical contemplado en la Constitución y el Código del Trabajo.

El trabón del proceso judicial estuvo en la interpretación del artículo 46 del Código del Trabajo aplicado en una de las sentencias por la doctora Mercedes Jirón, Juez de Distrito de lo Civil y del Trabajo por ministerio de ley.

El segundo párrafo señala que: “Cuando el reintegro se declare con lugar y el empleador no cumpla con la resolución judicial, éste deberá pagarle al trabajador, además de la indemnización por la antigüedad, una suma equivalente al cien por ciento de la misma”.

El MINSA prefirió la segunda opción y consignó ante el Juzgado la cantidad de 65,000 córdobas, pero el doctor Treminio rechazó el pago que se le ofrecía y pidió su reintegro por considerarse protegido por el Fuero Sindical.

La Juez Jirón declaró sin lugar la consignación realizada por el MINSA, señalando que el dirigente sindical tenía que ser reintegrado.

El MINSA apeló y dos de los tres magistrados de la Sala Civil del Tribunal de Apelaciones (Nicolás López Mejía y Gladys María Ibarra), revocaron la sentencia de la doctora Jirón y resolvieron que el médico estaba obligado a aceptar el dinero.

El abogado del médico, doctor Eduardo Sandino, recusó a ambos magistrados, porque públicamente emitieron su opinión sobre el proceso, adelantando los términos de cómo se pronunciarían.

El doctor Ricardo Moreno (el magistrado no recusado), conoció de la recusación y dio lugar al recurso, separando del caso a sus colegas Ibarra y López e integrando a los magistrados Blanca Espinosa Corrales e Ignacio Buitrago González.

Estos resolvieron este cuatro de julio, “reintegrar al doctor Víctor Treminio Zavala como Médico General en el mismo puesto de trabajo que desempeñaba en el Departamento de Pediatría del Hospital San Juan de Dios de Estelí, en idénticas condiciones de empleo; con el correspondiente pago de los salarios dejados de percibir hasta la fecha del efectivo reintegro, tomando como base su último salario”.

ESTA SENTENCIA SIENTE JURISPRUDENCIA

“Es obvio que nuestro Arto. 46 C.T., no está claramente redactado; sin embargo, el fuero sindical está consagrado en nuestra Constitución Política, y tal, como norma jurídica es perfectamente aplicable al caso concreto, y desde esta óptica debe enfocarse si la opción corresponde al trabajador”, expresa el considerando del Tribunal.

Los magistrados ratificaron que el trabajador es quien debe decidir si acepta el dinero o su reintegro, y no la patronal como quiso hacerlo el MINSA, pagando C$65,000 por la cabeza del dirigente sindical doctor Víctor Treminio Zavala.   

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