- El nivel de esclarecimiento en el año de 1998 fue del 76.5 por ciento (62 casos) en los secuestros y de 53.4 por ciento (39 casos) en los plagios. Es importante señalar que los plagios que actualmente registra la Policía Nacional, no tiene ribetes políticos, sino meramente de carácter económico. Su principal radio de acción se ubica en las zonas rurales del país
Una de las actividades delictivas de mayor complejidad por su elevado costo social es el fenómeno de las bandas delincuenciales que operan principalmente en la zona norte del país, las cuales cometen delitos de gran impacto, como el secuestro y el plagio, que han afectado principalmente a los productores y genera graves repercusiones para la producción. Este tipo de conducta crea un verdadero ambiente de inseguridad en el campo.
Antes de abordar el comportamiento de estas tipologías delictivas, haremos referencia a algunos aspectos de carácter jurídico establecidos en la Legislación Penal nicaragüense, dado que estas dos figuras jurídicas dentro del lenguaje común, tienden a confundirse, en algunos casos el secuestro es considerado como plagio y el plagio como secuestro, de este hecho no queda exento de nuestros propios registros policiales.
DIFERENCIA ENTRE SECUESTRO Y PLAGIO
La norma jurídica reza: En el Artículo No. 228 de nuestra Legislación Penal se establece que: comete delito de secuestro, el particular que sin orden de autoridad competente o fuera de los casos previstos por la ley privare de su libertad a otro, y será penado con prisión de 1 a 6 meses y multa de cien córdobas; si el secuestro excede de 8 días, la sanción será aumentada en un mes por cada día que dure éste.
Si el secuestro se comete por medio de violencia, coacción, amenaza o engaño, encerrare o detuviere a otro, privándolo de su libertad para impedirle el ejercicio de un derecho o cumplimiento de una obligación, para perjudicarlo en su persona o bienes, para obtener de él o de otro alguna ventaja a compelerlo a él o a otra persona de dar, hacer o no hacer o tolerar algo. Los reos de este delito serán penados con presidio de 2 a 5 años. Si el secuestrador sacare del país al secuestrado, la pena será de 3 a 6 años de presidio.
El artículo 229 establece que: comete delito de plagio el particular que por medio de violencia, coacción, amenaza o engaño, encerrare o detuviere a otro, privándolo de su libertad con objeto de obtener dinero por su rescate. Los reos de este delito serán penados con presidio de 4 a 7 años.
El artículo en mención sanciona, a su vez a quien privare a otro de su libertad personal, con propósitos de lucro. La diferencia está dada, porque mientras en este caso, la detención de la víctima una vez realizada, hace posible el lucro, en el caso que nos viene ocupando, el lucro depende de la recuperación de la libertad del secuestrado, la que sólo se realizara contra la entrega de dinero o efectos determinados como condición para que ello ocurra. Se impondrá reclusión de seis a doce años, al que secuestrare una persona o la detuviere en rehenes, para sacar rescate, sea para sí o para un tercero.
CIFRAS REVELADORAS
Hablar de secuestro y plagio en nuestro país, es hablar de un modus vivendi de grupos delincuenciales, que operan principalmente en la zona norte del país. En el año 1998 la Policía Nacional registró un total de 81 secuestro y 73 plagio que comparados con el año 1997 presentó un incremento de un 68.8 por ciento y 15 por ciento respectivamente. El nivel de esclarecimiento.
El nivel de esclarecimiento en el año de 1998 fue del 76.5 por ciento (62 casos) en los secuestros y de 53.4 por ciento (39 casos) en los plagios. Es importante señalar que los plagios que actualmente registra la Policía Nacional, no tiene ribetes políticos, sino meramente de carácter económico. Su principal radio de acción se ubica en las zonas rurales del país.
Los departamentos más afectados en ambas tipologías son: Matagalpa, Jinotega, Boaco, Chontales y la RAAN, que fue el principal escenario de la guerra en la década del 80, dejando como secuelas grupos armados, los que han pasado del planteamiento al gobierno de reivindicaciones de carácter político social a las actividades meramente delincuenciales, dado que en su accionar cometen: robos, secuestros, plagios, abigeatos, extorsión y asesinatos, entre otros delitos por rencillas personales o controversias políticas, secuestros hasta el planteamiento de algunas reivindicaciones de carácter político social.
Hasta el año 1994 la Policía Nacional registró el delito de secuestro de manera ascendente, posteriormente la mayoría de estos grupos se desmovilizaron, quedando algunos, que por su accionar pasaron a convertirse en bandas delictivas cometiendo diversos delitos entre ellos plagios y secuestros. Es importante señalar que estas dos tipologías delictivas están íntimamente relacionadas, ya que por lo general se comete de forma inicial el delito de secuestro, el que al pedir dinero a cambio de la libertad del secuestrado pasa a convertirse en plagio, registrándose de esta manera los dos delitos, esto explica que en mayor medida se registre el secuestro.
Son numerosas las sumas de dinero que han solicitado los plagiadores para el rescate de las personas víctimas de este tipo de delito, solamente en lo que va del período anteriormente señalado y del conocimiento policial, la suma de dinero ascendió a la cantidad de tres millones novecientos ochenta mil córdobas (C$3,980,000.00), el que en la mayoría de los casos es entregado por los perjudicados.
Cabe señalar que en operativos conjuntos de la Policía y el Ejército se ha logrado rescatar a varias de las personas secuestradas y plagiadas asestándoles duros golpes a estos grupos de delincuentes.
Los modos de operar de estos grupos delincuenciales, lo determina su forma de organización de grupos compuesta de 3 a 8 elementos, que armados y vestidos de militar, llegan a las fincas de los productores y los sacan de sus casas con lujo de violencia, poniendo en peligro su integridad física y psíquica, trasladándolos a lugares previamente establecidos, dejándole a sus familiares el lugar indicado y el monto. La intervención policial en muchos de los casos se hace difícil, ya que los familiares en vez de denunciar el delito, por seguridad de la víctima prefieren entregar la suma de dinero solicitada.
Tomado del documento “El secuestro y el plagio en Nicaragua”, de la Policía Nacional.