Juicio contra Jerez y Solís sigue firme

Hoy dirimen si la Jueza Martha Quezada sigue el proceso o el expediente se queda con el Juez Walter Solís JANELYS CARRILLO [email protected] El juez suplente Segundo de Distrito del Crimen de Managua, Walter Solís, negó que haya cerrado el juicio contra Byron Jerez y Jorge Solís y por el contrario, anunció que hoy decidirá […]

  • Hoy dirimen si la Jueza Martha Quezada sigue el proceso
    o el expediente se queda
    con el Juez Walter Solís

JANELYS CARRILLO [email protected]

El juez suplente Segundo de Distrito del Crimen de Managua, Walter Solís, negó que haya cerrado el juicio contra Byron Jerez y Jorge Solís y por el contrario, anunció que hoy decidirá si será él o la Jueza Martha Quezada quien seguirá procesándolos.

El judicial negó que al firmar un auto fechado el 16 de junio haya cerrado la causa contra ambos ex funcionarios públicos, basándose en la resolución administrativa que emitió la Contraloría General de la República (CGR).

En auto dictado ayer por la mañana, el Juez Solís ordena seguir el curso normal del proceso “para con sus resultados proveer”, mientras que ante los periodistas aseguró que ese escrito fue “mal interpretado”, incluso por la procuradora auxiliar Carolina Vásquez.

El escrito que dio pie a la polémica sobre si el juicio quedaba cerrado o no, fue emitido después que Mauricio Martínez, abogado de Jerez, hizo algunas peticiones al Juez Solís al que hizo ver que el proceso contra su cliente era “cosa juzgada material”, porque la CGR sólo halló presunciones de responsabilidad administrativas, no civiles ni penales.

El judicial resolvió las peticiones usando términos como el de “ha lugar a…” (la solicitud de Martínez), que a juicio de expertos en derecho como la Procuradora Vásquez, es admitir que no tiene sentido seguir con el juicio contra el ex director de la DGI.

“De la letra de su escrito se deduce que él dio lugar a lo solicitado por la defensa, yo respondí que no tiene sentido jurídico (pronunciarse) si él ya había resuelto”, declaró la funcionaria de la Procuraduría.

El penalista Daniel Olivas explicó que cosa juzgada material es aquella acción judicial que ha sido sometida a todos los trámites y ya no queda ningún recurso que interponer contra la última sentencia emitida, es decir, que el fallo es firme y no admite reforma alguna contra lo que se intenta con esa acción penal.

En este caso, la resolución de la Contraloría no es cosa juzgada material, porque lo que determinó fueron presunciones de responsabilidad administrativa en su condición de institución administrativa, no jurídica.

JUEZ NO ADMITE ERROR

Olivas precisó que si el Juez Solís resolvió las peticiones de Martínez utilizando el término “ha lugar” su escrito no tiene fundamento legal “porque esa acción no ha sido sometida al Poder Judicial, pues sólo las sentencias de éste tienen el poder de cosa juzgada”.

El experto añadió que la consecuencia de esa resolución sería cerrar los trámites penales a la investigación de Jerez, aunque ante esa circunstancia las partes pueden apelar ante el Tribunal de Apelaciones y si es necesario ante la Corte Suprema de Justicia.

El judicial no reconoció que al dictar su auto pudo haber cometido algún error de redacción y más bien tildó de “irresponsables” a quienes opinaron sobre la redacción del auto.

“Lo que hubo es una mala interpretación del auto… no hay ningún error. Lo que se estaba admitiendo es el incidente de excepción para mandar a oír a las partes y luego resolver”, insistió el Juez Solís.

No obstante, en el expediente no rola ningún escrito en ese sentido, porque el documento que el abogado Martínez interpuso y al cual el juez le dio “ha lugar” fue una solicitud para que llamara a declarar al Procurador General de Justicia, Julio Centeno.

Finalmente, el judicial negó que esté tramitando únicamente las peticiones del abogado Martínez y aseguró que si no ha tomado declaración indagatoria a Jerez y Solís es porque no son reos habidos (no están presos).   

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