Denuncian anomalías en investigación de crimen

Alejandro Carrión todavía anda libre, a pesar que lo acusan de haber matado a un vecino en Ticuantepe JUAN [email protected] El doctor Noel Alonso Cano, quien acusa al señor Alejandro Carrión McDonough por el asesinato del señor Pablo Absalón Leal Aguirre, denunció ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos de Nicaragua (CPDH), que “hay graves […]

  • Alejandro Carrión todavía anda libre, a pesar que lo acusan de haber matado a un vecino en Ticuantepe

JUAN [email protected]

El doctor Noel Alonso Cano, quien acusa al señor Alejandro Carrión McDonough por el asesinato del señor Pablo Absalón Leal Aguirre, denunció ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos de Nicaragua (CPDH), que “hay graves irregularidades en la investigación policial y judicial” del crimen.

Una de las irregularidades del expediente número 0107-2000 elaborado por la Dirección de Investigaciones Criminales (DIC) de la Policía, es que se tipifica indistintamente en varias partes del expediente de asesinato y homicidio, “lo que es sumamente contradictorio”.

También indica que en el folio de la denuncia que hizo Maura Catalina Gómez Ríos en la Policía de Ticuantepe, “se encuentra muy alterada con corrector líquido”, por lo que presume que la versión de los hechos fue “acomodada a favor de Carrión McDonough”.

En todas las estaciones de la Policía, las declaraciones son levantadas en máquinas de escribir mecánicas, sin embargo, el abogado Cano denunció que las declaraciones de José Salomón Herrera Vega y Octavio Cervantes Schaffer, los únicos testigos oculares de los hechos, “extrañamente están escritas al parecer en computadora, lo cual es altamente sospechoso y constituye una grave irregularidad”.

El doctor Cano sostiene que el análisis químico y biológico con fecha 26 de mayo del 2000, “está claramente inclinado con el fin de incriminar al hoy occiso, como si éste hubiese consumido drogas o alcohol”.

Aseguró que el dictamen Médico Legal Post Mortem adolece de gravísimas contradicciones, así como los peritajes de balística que “persiguen un fin de acomodaticio”.

Explicó en su denuncia ante la CPDH que el Instituto de Medicina Legal y el Ministerio de Salud, en el dictamen médico legal “hablan de shock hipobolémico, lo cual pretende sembrar la duda de que el occiso no falleció por los disparos de AK que le destruyeron el corazón, sino que producto de un presunto shock hipobolémico”.

El MINSA y el IML se contradicen en el lugar y la fecha de emisión en el certificado de defunción de Leal Aguirre, que es de dos días de diferencia.

El abogado afirma que la doctora Regina Escobar, juez suplente del Juzgado Octavo de Distrito Crimen, decidió otorgar intervención legal al defensor nombrado por un auto denunciante (de Carrión) en el mismo auto cabeza de proceso, lo que es un tremendo absurdo.

La denunciante revela que la Policía Nacional remitió el expediente al Juez Sétimo de Distrito del Crimen de Managua en abierta contravención a lo ordenado por la Juez Competente, y nomás recibido el expediente por el Juez Séptimo de Distrito del Crimen se dicta auto cabeza de proceso.   

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