Lista de reproducción
- No hay más artículos para escuchar
A pocos días que finalice el 2025, el primer año de retorno del republicano Donald Trump a la Casa Blanca, su administración empezó a implementar cambios drásticos en la política migratoria, de asilo y refugio, incluidos los permisos de trabajo —oficialmente nombrados Documentos de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés)— para varias categorías de extranjeros en Estados Unidos.
Las más recientes decisiones adoptadas por el Departamento Nacional de Seguridad (DHS) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) están dirigidas en su mayoría a migrantes solicitantes de asilo y refugiados admitidos.
Lea también: Uscis reduce validez de permisos de trabajo a solicitantes y refugiados en EE. UU.
Este 4 de diciembre, Uscis informó que el período máximo de validez de permisos de trabajo que se podía extender hasta por cinco años, pasará a un máximo de 18 meses. La medida aplica para todas las solicitudes pendientes y presentadas a partir del 5 de diciembre de 2025.
El pasado 29 de octubre, el DHS decidió poner fin a la prórroga automática de los permisos de trabajo para extranjeros en suelo estadounidense. Cuando la persona enviaba su solicitud de renovación automáticamente tenía una extensión de 540 días, ahora tras la medida se anuló.
Medidas podrían causar nuevamente retrasos
Muriel Sáenz, representante acreditada en EE. UU. e integrante de la organización Nicaragüenses en el Mundo, recordó que ambos beneficios «habían sido implementados por la administración de Joe Biden en 2022 para paliar los retrasos históricos de Uscis y dar estabilidad laboral a cientos de miles de personas».
La abogada de inmigración, Cindy Blandón, en declaraciones a LA PRENSA coincidió con Sáenz y señaló que «ahora el solicitante debe enviar su aplicación con seis meses de antelación al vencimiento y si en ese período no se lo aprueban, se queda sin autorización de trabajo que depende de cada caso, no tiene un estimado específico».

La experta comentó que esperaba estos cambios drásticos. «Siempre los permisos de trabajo eran válidos por dos años, pero con Biden se reajustó por la tardanza que había en los procesamientos de renovación».
Blandón refirió que los migrantes que tengan un permiso de trabajo válido por cinco años «mantienen ese período de validez, si se vence en 2030, se vence en 2030. Esta normativa solo aplica a las personas que tienen sus solicitudes pendientes o tramiten su renovación después de la fecha anunciada».
La reducción de cinco años a 18 meses aplicará tanto para documentos de empleos (EAD) iniciales como para renovaciones en las siguientes categorías: refugiados admitidos en Estados Unidos, personas a quienes se les ha concedido asilo, extranjeros con suspensión de deportación o expulsión y solicitantes con casos de asilo o suspensión de expulsión pendientes.
Asimismo, indicó Uscis, a las personas con solicitudes pendientes de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y extranjeros con solicitudes pendientes de suspensión de deportación, cancelación de expulsión o beneficios bajo la Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano (Nacara).
Qué pasa ante la suspensión indefinida de casos de asilo
Otra de las grandes interrogantes que surge entre los migrantes es qué pasa con los permisos de trabajo ante la suspensión indefinida de los casos de asilo anunciada recientemente por Uscis y dirigida a los solicitantes de todos los países, no solamente del grupo de los 19 considerados de riesgo.
Blandón explicó que hasta el momento la normativa «es suspensión para dar decisión en los casos de asilos». Lo anterior, indicó, «no significa que no estén haciendo recepción de solicitudes de permisos de trabajo y que lo vayan a emitir».
La experta apuntó que «no pueden bloquear la entrega de permisos de trabajo, ellos pueden bloquear, basado en la seguridad nacional, la decisión de asilo porque harán una revisión más rigurosa, de verificación del solicitante».
La abogada de inmigración recordó que el requisito principal para solicitar permisos de trabajo es «contar con un caso de asilo pendiente ya sea en Uscis o lo hayan referido a la Corte de Inmigración, y si te negaron el caso de asilo en la Corte que la persona tenga una apelación».
Puede interesarle: Qué se sabe sobre la suspensión de EE. UU. de los casos de asilo