La Corte Suprema de Justicia resolvió fallar a favor de los trabajadores en el caso de la polémica sentencia 591 que restaba salario a trabajadores. LA PRENSA / ARCHIVO

Sentencia 591 fue rechazada por CSJ

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó de plano la sentencia 591, donde los magistrados del Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones mandaba a reducir el salario a un trabajador, favoreciendo al empleador, afirmó el magistrado Francisco Rosales, presidente de dicha Sala.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó de plano la sentencia 591, donde los magistrados del Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones mandaba a reducir el salario a un trabajador, favoreciendo al empleador, afirmó el magistrado Francisco Rosales, presidente de dicha Sala.

La sentencia 591 fue emitida el 14 de agosto del 2014 y firmada por los magistrados Olga Elvira Brenes, presidenta del Tribunal, Aidalina García y José Osejo, miembros de dicho tribunal colegiado, quienes en dicha sentencia argumentaron “acuerdo entre las partes”. Esta resolución no fue del agrado de los sindicatos de los trabajadores que argumentaban que tal fallo era violatorio del derecho laboral y por ello recurrieron ante el Poder Judicial en octubre del año pasado.

En sus recursos los sindicalistas pidieron la nulidad de la sentencia, “por atentar contra los derechos constitucionales” del gremio.

Al respecto, el magistrado Rosales dijo que la Corte “jamás puede aceptar esa sentencia por ir en detrimento de los derechos de los trabajadores”. La sentencia ya anda circulando por los despachos de los magistrados en busca de firmas.

Francisco Rosales, magistrado  presidente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. LA PRENSA / ARCHIVO
Francisco Rosales, magistrado presidente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
LA PRENSA / ARCHIVO

Rosales observó que en la CSJ operan tres magistrados que fueron ministros de trabajo: Francisco Rosales, Manuel Martínez y Virgilio Gurdián. Ninguno de ellos, dijo Rosales, aprobó la sentencia. “Bajo ningún punto de vista se puede pretender que a través de un convenio se va ir en contra de normas que son consideradas de orden público, como la Constitución Política y Código Laboral”, dijo.

Saldrá una sentencia que afirma que no es posible reducir el salario a un trabajador. No se puede ir en detrimento de la clase trabajadora”. Francisco Rosales, presidente de la Sala Constitucional de la CSJ.

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COMENTARIOS

  1. Aniceto Prieto
    Hace 11 años

    El nombramiento del dictador Ortega para correr como candidato en los comicios del 2006 era ilegal,inconstitucional,iba en contra de la constitucion de la republica y sin embargo este satrapa no hizo nada,ahora se rasga las vestiduras como fiel defensor de la constitucion en el caso laboral, pero viola la CR cuando le conviene en el caso de su patron Ortega

  2. Ulpiano
    Hace 11 años

    La sentencia anulatoria es injusta e ilegal. Las partes tienen derecho de libre contratacion y si el empleado entro a un contrato de empleo, libremete, a sabiendas de todo su contenido, no puede venir despues a reclamar diciendo que le estan violando sus derechos. Aqui el empleado se esta hacienda el vivo y perjudicando al empleador y, consecuentemente, violentando no solo el contrato sino tambien los derechos del empleador. O es que estos no tienen derecho? Pura politica,de derecho nada.

    1. Ernesto
      Hace 11 años

      Un trabajador que se siente amenazado por el empleador va a firmar cualquier cosa. Quine conoce el Código del Trabajo de Nicaragua sabe bien que cualquier cláusula del contrato que lesione sus intereses o derechos es nula totalmente. El CT protege los derechos de los trabajadores pues es bien sabido, y como se deduce del caso concreto, el empleador está en una posición ventajosa (amenaza de despido) en relación al empleado. Un buen asesor legal resuelve de forma práctica, no contra ley expresa.

  3. Chicho Judicial
    Hace 11 años

    Bien dice el dicho lo que no nos cuestas hagamolos fiestas. Las razones de una reduccion de salarios no es debido a un capricho laboral es debido a condicion economica del negocio los ignorantes abogados creen defender al trabajador el negocio tiene 2 opciones mandarlo al desempleo y la otra cerrar el negocio por falta de liquidez cual de las dos defiende al trabajador? De manera que tenemos que proteger el engranaje economico nacional si este cambio no es por explotacion del trabajador.

  4. Lio Cruz
    Hace 11 años

    Se veran cosas «Recurso de Amparo», en contra de una resolucion judicial(Sentencia), la C.S.J, no le hubiese dado tramite por ser improcedente dicho recurso, para que no anden de caballos…

  5. Bernabe
    Hace 11 años

    Increible! Involucrados el supuesto mejor abogado laboral del país y todo un tribunal laboral. Entonces que habría prevalecido? En que manos estamos?

  6. justo
    Hace 11 años

    el mensaje es claro: a ellos también no se les puede bajar el salario…jejejejeje

  7. moderacion
    Hace 11 años

    Felicitaciones a la CSJ por ese fallo en favor de los trabajadores. Deben estar llorando el gobierno y el COSEP que son los verdugos de los trabajadores, que no les basto en reducir las pensiones, si no que ahora quieren bajar los miserables salarios que devengamos los trabajadores bancarios, que tenemos mas de 5 años que están congelados arbitrariamente sin opción a un incremente, pero si a bajarlo de manera arbitraria.

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