Ramón H. Potosme
Los diputados Mario Valle y Juan Ramón Jiménez abandonaron la bancada del Movimiento Renovador Sandinista en el período legislativo pasado para unirse a la bancada del FSLN, y en ese momento el Consejo Supremo Electoral (CSE) no dijo una sola palabra. Pero el pasado sábado notificó al diputado Agustín Jarquín Anaya la cancelación de su nombramiento por los mismos motivos.
El argumento presentado por el CSE, sin citar un artículo relacionado con el tema, es que los escaños pertenecen a los partidos políticos.
“El poder legislativo lo ejerce la Asamblea Nacional por delegación y mandato del pueblo. La Asamblea Nacional está integrada por noventa diputados con sus respectivos suplentes elegidos por voto universal, igual, directo, libre y secreto mediante el sistema de representación proporcional. En carácter nacional de acuerdo con lo que se establezca en la Ley Electoral, se elegirán 20 diputados y en las circunscripciones departamentales y regiones autónomas, setenta diputados. Se establece la obligatoriedad de destinar un porcentaje suficiente del Presupuesto a la AN”.
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Para el constitucionalista Gabriel Álvarez la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica del poder legislativo establecen claramente que los diputados se deben a sus electores.
Álvarez explica que el artículo 132 de la Constitución establece el vínculo jurídico que existe entre un legislador y el pueblo, sus electores y no con un partido político. Adicionalmente la Ley Electoral en sus artículos 77 y 79 referidos a la presentación de candidaturas, no establece que se requiere siquiera que sea militante del partido político que lo nomina.
Álvarez indica que el CSE sustenta su decisión en una interpretación falsa del artículo 82 de la Ley Electoral, que solo se refiere a que los partidos están obligados a presentar candidaturas en la totalidad de las circunscripciones, exceptuando los comicios municipales donde se acepta un mínimo del 80 por ciento de las candidaturas.
Para Álvarez es claro que la interpretación que pretende hacer el CSE del artículo 82 choca con la disposición del último párrafo del artículo 81 de la Ley Orgánica del poder judicial, la cual establece textualmente lo siguiente:
“Cada diputado o diputada se agrupará en la Bancada del Partido que lo nominó para las elecciones, pudiendo separarse voluntariamente e ingresar a formar parte de otra bancada en la Asamblea Nacional”.
Pero desde el FSLN hay otra visión, aunque oficialmente no hay una postura sobre este tema. Consultamos al jefe de la bancada oficialista, el diputado Edwin Castro, pero cortó la llamada. Al respecto el periodista William Grigsby Vado, en su programa Sin Fronteras, habló del tema para referirse a la destitución de la exlegisladora Xochilt Ocampo.
A Grigsby se le vio en trabajo político aplacando las protestas de los candidatos a alcaldes del orteguismo en el 2012 por los “dedazos”. Al respecto dijo: “Los cargos no son del partido, son de las personas y se asignan a militantes para que cumplan una responsabilidad, lo mismo a nivel partidario, los secretarios políticos, no cumplen, son removidos de sus puestos, es lo mismo”, expresó.
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