Cualquier niña o niño que se dedique a reparar baches sobre la carretera, se expone a ser víctima de los explotadores sexuales. (LA PRENSA/ ARCHIVO)

Código Penal aún no empieza a funcionar

[doap_box title=»Leyes hay, pero falta responsabilidad» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»] El marco jurídico que protege a la niñez de delitos como la explotación comercial es amplio. En los últimos años, Nicaragua ha ratificado seis convenciones internacionales y tiene vigente el Código de la Niñez y Adolescencia y el Código Penal, que en sus artículos referidos a la […]

[doap_box title=»Leyes hay, pero falta responsabilidad» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»]

El marco jurídico que protege a la niñez de delitos como la explotación comercial es amplio.

En los últimos años, Nicaragua ha ratificado seis convenciones internacionales y tiene vigente el Código de la Niñez y Adolescencia y el Código Penal, que en sus artículos referidos a la trata de personas y a la corrupción de menores, sancionan la explotación sexual como un delito.

Pese al cuerpo jurídico, falta mayor responsabilidad de los actores involucrados para ponerlos a funcionar, explicó Evelyn Palma, consultora del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, (Unicef).

La falta de aplicación de leyes que castiguen a las personas que paguen por los “servicios sexuales” de los menores, a juicio del 28 por ciento de la población encuestada en Nicaragua, es una de las causas principales en el aumento de la explotación sexual comercial.

La pornografía infantil y adolescente y los espectáculos sexuales son otras de las formas de explotación sexual comercial.

Por su parte, María Consuelo Sánchez, directora de la Asociación Quincho Barrilete, explicó que el aumento de los casos de explotación sexual comercial incide directamente en el incremento del consumo de drogas, la violencia, la rápida propagación de enfermedades de transmisión sexual y el VIH-Sida.

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    En abril pasado, los más de treinta organismos que trabajan con la niñez y adolescencia se unieron para presionar a los diputados ante la Asamblea Nacional para que aprobaran el capítulo dos del Código Penal referente a los delitos contra la libertad e integridad sexual.

    Las gestiones fueron exitosas, porque los artículos del 167 al 183 del Código Penal incorporan una detallada tipificación sobre los delitos de violación, estupro, explotación sexual, acto sexual con adolescentes mediante pago y corrupción de menores.

    Sin embargo, esas disposiciones aún no podrán aplicarse hasta que el Código Penal sea aprobado en su totalidad.

    El mayor problema es que todavía faltan más de cien artículos por ser discutidos, eso junto a la lentitud parlamentaria, podría extender la entrada en vigencia hasta en unos tres años.

    “Aquí las leyes se hacen, se aplican cuando los parlamentarios deciden, se reforman antes de ser aprobadas, y todavía hay más vaivenes, entonces esos artículos que defienden a la niñez deberían aplicarse con más rapidez”, comentó por su parte Merardo Solís, responsable del área legal de Casa Alianza.

    A juicio del Subcomisionado Juan José Alemán, de la Dirección de Delitos Especiales de la Policía Nacional, no hay otra opción que seguir esperando a que los nuevos delitos se apliquen y llenen los vacíos en las leyes actuales, de esta forma se agilizarían los casos de comercio sexual con menores de edad.

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