PGR señala a juez de “secuestrar” expediente de U$S1.2 millones

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  • Juez de Rivas no tramita apelación, denuncian

Mirna Velásquez [email protected]

Roman, Times, serif»>
PGR señala a juez de “secuestrar” expediente de U$S1.2 millones



Juez de Rivas no tramita apelación, denuncian

Mirna Velásquez Sevilla
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El expediente judicial de un proceso en el que están de por medio 1.2 millones de dólares permanece desde hace varios meses en manos del Juez de Distrito Penal de Audiencia de Rivas, Edward Peter Palma Mora, pese a que existe un recurso de apelación de una sentencia que ordenó la distribución arbitraria del dinero, denunció el Procurador Auxiliar Penal, Edén Aguilar Castro.

Según Aguilar Castro, desde noviembre pasado, el juez no se ha pronunciado diciendo si admite o no el recurso de apelación, presentado en tiempo y forma y tampoco ha remitido el caso al Tribunal de Apelaciones.

En septiembre pasado, el juez ordenó la distribución de 1.2 millones de dólares a varias instituciones del Estado, entre éstas la Corte Suprema, dinero que había sido incautado a los guatemaltecos Carlos Estuardo Méndez y Selvin Aníbal Betancourt Juárez, ambos condenados por contrabando aduanero.

“Él (el juez Palma) no quiere resolver, quiere mantener adentro de ese despacho (el expediente) porque dio casi 400 mil dólares a favor de la Corte, cuando la Ley 42, Ley de Contrabando y Defraudación Aduanera, instituye que no se le tiene que dar a la Corte”, dijo el procurador.

El recurso de apelación que según la Procuraduría no ha sido resuelto, está en contra de la sentencia pero dirigido esencialmente a lo referido a las penas accesorias, es decir a la repartición del dinero, que debió ser entre el denunciante, la Policía Nacional y la Dirección General de Aduanas (DGA).

Otro de los señalamientos del procurador es que el juez otorgó el beneficio de libertad bajo fianza a los procesados, sin establecerse la fianza debida, ni determinó cuál sería su domicilio en Nicaragua, ni estableció las presentaciones periódicas que debían cumplir, es decir todos los requisitos que el Código Procesal Penal establece para poder gozar de ese beneficio.

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