Denuncia electoral podría prolongarse o desvanecerse

Según el diputado Orlando Tardencilla, se podría argumentar ilegitimidad de la acusación, o extemporaneidad William Briones Loáisiga [email protected] La denuncia interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el presidente Enrique Bolaños y el vicepresidente José Rizo, por delito electoral, podría prolongarse en vista de ser un hecho inédito en Nicaragua, y no existir […]

  • Según el diputado Orlando Tardencilla, se podría argumentar ilegitimidad de la acusación, o extemporaneidad

William Briones Loáisiga [email protected]

La denuncia interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el presidente Enrique Bolaños y el vicepresidente José Rizo, por delito electoral, podría prolongarse en vista de ser un hecho inédito en Nicaragua, y no existir jurisprudencia relacionada a estos casos; incluso, la CSJ podría esperar que la Asamblea Nacional apruebe una Ley de Destitución de Funcionarios Públicos que rija este tema.

Así lo consideró ayer el abogado y diputado Orlando Tardencilla, presidente de la Comisión Especial para el Desafuero, a solicitud de judiciales. “Existe una amplia gama de posibilidades de cómo abordar este tema, que va desde crear un reglamento, esperar que se apruebe una Ley de Destitución de Funcionarios, aplicar las disposiciones del Derecho Común o declarar inadmisible de pleno Derecho (la denuncia) por violatoria a la Ley Electoral”, indicó.

El legislador consideró apropiado que la CSJ enviara el pasado jueves a la Asamblea Nacional las diligencias que recibió del Ministerio Público, en vista de que la disposición de Bolaños y Rizo de renunciar a su respectiva inmunidad, no la han hecho de manera oficial y por escrito.

“Abstenerse de conocer la causa y remitir las diligencias a la Asamblea es lo correcto, así lo establece el Artículo 130 de la Constitución. Una vez que el Presidente y Vicepresidente renuncien ante la Asamblea Nacional, de conformidad a los artículos 7 y 8 de la Ley de Inmunidad, el Parlamento tendrá que certificar y remitir de nuevo las diligencias a la CSJ, y será ese poder del Estado el que decida la citación de ambos funcionarios”, explicó.

“Hay una vastedad de posibilidades, donde se puede argumentar ilegitimidad de personería en la acusación, extemporaneidad, inconstitucionalidad de la denuncia, incompetencia; porque en teoría debió acusar, o no denunciar, porque en todo caso no ha hecho nada. Lo importante es que la CSJ actuó correctamente al detener cualquier procedimiento y remitió las diligencias a la Asamblea Nacional”, dijo.

“Todas estas posibilidades existen, desde crear su reglamento, esperar que se cree una ley de destitución de funcionarios, aplicar las disposiciones del Derecho común o declarar inadmisible de pleno Derecho por violatoria a la Ley Electoral”.  

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