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Los 14 puntos de la reforma

Cambios en el IGV, IEC, IR y DAI, forman parte de las propuestas Martha Danelia Corea [email protected] El consultor José Luis Medal sugiere en su propuesta de reforma fiscal, basada en la sugerencias del FMI, el establecimiento de un régimen tributario disminuya de manera sustancial la mayor parte de los tratamientos especiales existentes, sobre la […]

  • Cambios en el IGV, IEC, IR y DAI, forman parte de las propuestas

Martha Danelia Corea [email protected]

El consultor José Luis Medal sugiere en su propuesta de reforma fiscal, basada en la sugerencias del FMI, el establecimiento de un régimen tributario disminuya de manera sustancial la mayor parte de los tratamientos especiales existentes, sobre la base del principio de la neutralidad.

“Lo sugerido es coherente con la estrategia de desarrollo basada en una expansión sostenida de las exportaciones y de la producción, y en la apertura externa dentro del proceso de globalización y el regionalismo abierto”, plantea Medal.

Para ello, se sugiere básicamente:

1) Eliminar todas las exoneraciones existentes del Impuesto General al Valor (IGV) con excepción de las establecidas en la Constitución de la República, y establecer tasa cero sólo para las exportaciones.

2) Eliminar las exoneraciones del IGV, Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) y del Impuesto Específico al Consumo (IEC) que el Estado se concede a sí mismo.

3) Reestructurar el impuesto del petróleo, en IGV del 15 por ciento y en un IEC complementario.

4) Generalizar tasa cero DAI para insumos y bienes de capital, eliminando los tratamientos sectoriales diferenciados.

5) Establecer sólo dos alícuotas de DAI (20 por ciento y 30 por ciento) para los casos en que se requiera una protección arancelaria especial, sobre todo a productos agropecuarios.

6) Modificar la Ley de Admisión Temporal y Perfeccionamiento Activo de Exportaciones —la que vino a establecer una zona franca sui géneris extendida a lo largo y ancho del país y de difícil fiscalización tributaria— eliminando las exenciones al IGV y otorgando el acreditamiento vía tasa cero a las exportaciones.

7) Eliminar la exoneración del Impuesto sobre la Renta (IR) para el turismo, inversiones hospitalarias y cooperativas.

8) Establecer una exoneración parcial transitoria a la renta gravable de origen exportable proveniente de exportaciones no tradicionales.

9) Derogar el reintegro tributario del 1.5 por ciento sobre el valor FOB exportable.

10) Mantener el tratamiento especial para las Zonas Francas y realizar un estudio para precisar los efectos económicos de las mismas.

11) Modificar el artículo 4 de la Ley de Justicia Tributaria, y establecer para todos los sectores económicos —incluyendo el sector agropecuario— independientemente o no de que lleven contabilidad, un pago mínimo a cuenta del IR del 1.5 por ciento sobre el valor de los activos fijos tangibles.

12) No incluir como renta neta las herencias, donaciones y ganancias de capital, y establecer un impuesto especial del 3 por ciento sobre herencias y donaciones, con una exención de medio millón de córdobas y un impuesto especial de 10 por ciento sobre las ganancias reales de capital de las personas naturales.

13) Establecer el concepto de renta global para los bancos y demás instituciones financieras, incluyendo las administradoras de pensiones.

14) Analizar en detalle el actual sistema de devolución del IGV a los exportadores y a la producción doméstica, a fin de establecer un mecanismo eficiente y rápido de acreditación.

CRÓNICA DE LAS REFORMAS

A partir de 1990, las reformas que ha sufrido el Sitema Tributario Nacional obedecen a recomendaciones del departamento fiscal del Fondo Monetairio Internacional (FMI).

Durante el período 1990-1996 las reformas tributarias implicaron la eliminación de los impuestos explícitos a las exportaciones, se simplificó el Impuesto sobre la Renta (IR) individual.

Paralelamente se redujeron los aranceles a las importaciones, y la tasa de protección nominal promedio disminuyó de 43.2 por ciento en 1990, a 14.5 por ciento en 1996.

Más tarde, la Ley de Justicia Tributaria y Comercial de 1997 avanzó teóricamente en el proceso de reforma. Partiendo del principio de neutralidad fiscal, la referida ley derogó en su artículo 30 “todas las disposiciones legales que otorguen exenciones o exoneraciones…”, agregando, sin embargo, una larga lista de exenciones.

Esta ley sufrió reformas en 1998, 1999 y 2000, donde se adicionó a la lista de tasa cero del Impuesto General al Valor (IGV), a las importaciones y enajenaciones de materias primas, bienes intermedios y de capital destinados a las actividades productivas agropecuarias de la pequeña industria artesanal y de la pesca y acuicultura.

Además, prolongó hasta diciembre de 2002 las mencionadas exoneraciones contenidas en el artículo 35 de la reformada Ley de Justicia Tributaria.  

Economía

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