Francisco Zamorano.

Actividad ecoturística sin reglamento exclusivo

Se ajustan de unos y otros para que empresarios sean regulados María Antonia López M. [email protected] No existe un reglamento específico que regule la actividad ecoturística dentro del turismo alternativo, la tendencia es a realizar una categorización específica de cada una de estas actividades, mientras tanto se aplican una serie de requisitos solicitados a las […]

  • Se ajustan de unos y otros para que empresarios sean regulados

María Antonia López M. [email protected]

No existe un reglamento específico que regule la actividad ecoturística dentro del turismo alternativo, la tendencia es a realizar una categorización específica de cada una de estas actividades, mientras tanto se aplican una serie de requisitos solicitados a las operadoras, destacó Francisco Zamorano, asesor de Estrategia y Desarrollo del Instituto Nicaragüense de Turismo (Intur).

Añadió que hay alguna información básica que no se puede obviar, como la ubicación del proyecto, los documentos sobre personalidad jurídica, el capital con que se trabaja y los trámites normales.

Aunque también se busca normar la calidad y la sostenibilidad de las actividades, para ello será necesario establecer algunas coordinaciones entre el Intur y el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (Marena).

Noelia Sánchez Valdivia, directora de Empresas y Actividades Turísticas del Intur, indicó que actualmente se hace una combinación de los requisitos solicitados para una operadora y para la actividad de canopy tour.

Los requisitos específicos que se podrían aplicar para la apertura de una empresa ecoturística pasan por realizar inspecciones sobre la actividad, tener un reglamento interno de operaciones en lugares visibles, horario de actividades, servicios que se prestan, especificar las condiciones mínimas de quienes realizarán la hazaña, alertar sobre posibles riesgos, así como determinar el comportamiento de los usuarios.

También es necesario contar con manuales de seguridad, pólizas de seguro, bitácoras de mantenimiento de equipos, tener guías turísticos preparados, entre otros.

Sin embargo, no se pueden obviar algunos elementos fundamentales, explicó Sánchez, tales como un estudio de impacto ambiental y un plan de manejo que es exigido por el Marena, para que el Intur pueda extender la licencia de operación, también los guías turísticos deben contar con un carné extendido por la entidad y certificados de conducta para prestar correctamente el servicio.

PROTEGER ÁREAS DE CONSERVACIÓN

Recientemente se realizó una consulta entre el Instituto Nicaragüense de Turismo, el programa de Co-Manejo de Áreas Protegidas (Comap), del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (Marena), donde se discutieron propuestas para crear una normativa sobre el fortalecimiento del marco legal para actividades turísticas en este tipo de sectores.

Esto se hace con la finalidad de garantizar el desarrollo del turismo de forma sostenible en áreas protegidas

También fueron discutidos los criterios para los procedimientos administrativos y la planificación física para el desarrollo del turismo dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, vinculados a la extensión de permisos ambientales

La intención es que aquellas personas que operen bajo la modalidad de co-manejo de un área protegida y se utilice para actividades turísticas tengan a bien acordar un plan de manejo adecuado para garantizar la sostenibilidad del área.  

Economía

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí