Jueza explica procedimiento de quiebra

Janelys Carrillo [email protected] La Jueza Cuarto Civil de Distrito de Managua, Ruth Chamorro, declaró que el informe y la solicitud que le presentó la Superintendencia de Bancos (SIB), para que declarase la quiebra del Banco del Café (Bancafé), prestaba los méritos suficientes para proceder en ese sentido. “La Ley de la SIB dice que todos […]

Janelys Carrillo [email protected]

La Jueza Cuarto Civil de Distrito de Managua, Ruth Chamorro, declaró que el informe y la solicitud que le presentó la Superintendencia de Bancos (SIB), para que declarase la quiebra del Banco del Café (Bancafé), prestaba los méritos suficientes para proceder en ese sentido.

“La Ley de la SIB dice que todos los documentos bancarios prestan los suficientes méritos… nosotros no podemos dudar de un documento bancario y esos (escritos) los proporcionó la SIB”, señaló Chamorro.

Agregó que para decretar la quiebra no era necesario ni confirmar su naturaleza ni notificar de previo a las autoridades del banco afectado, pues la solicitud que le remitió la SIB llenaba los tres requisitos de ley.

Esos requisitos están determinados en los artículos 88 y 89 de la Ley de Superintendencia de Bancos, referidos a la insolvencia manifiesta del banco, iliquidez grave e insuperable del mismo, y la imposibilidad de recuperarse en condiciones de mercado.

También dijo que quienes se consideren afectados por la acción judicial que ella ejecutó, pueden apelar ante el Tribunal de Apelaciones.  

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