El Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) orientó a los médicos a través de una circular que no deben entregar constancias de reposo ni hoja de subsidio a las personas aseguradas que lleguen con enfermedad respiratoria relacionada al Covid-19.
Según la orientación dada al personal médico de las empresas previsionales en poder de LA PRENSA, estos solo deben anotar el nombre del paciente, su número de asegurado y el nombre del empleador (empresa). Estos datos serán enviados al área de subsidio de la empresa médica, quien a su vez elaborará una base de datos con la información correspondiente, para ser enviado al INSS vía electrónica.
La información fue confirmada por el personal del INSS a asegurados enfermos que hicieron consultas telefónicas. “Me informaron que el INSS se encargará de informar a mi empresa que estoy de subsidio, que no me preocupe”, dijo una trabajadora que hizo la consulta y quien pidió no ser citada por temor a represalias.
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Funcionarios de oficinas de recursos humanos de diferentes empresas confirmaron que el INSS informó que ellos les estarían informando sobre el recurso o colaboradores que estén de subsidio o de reposo, 72 horas después que el empleado pase la consulta. Esta medida entró en vigencia a partir del 6 de mayo. “El objetivo principal de esta medida es que el asegurado guarde el reposo y cumpla con el tratamiento y resguardo domiciliar para evitar la propagación”, según explicaron a empleadores.
INSS receta diagnósticos
Respecto al diagnóstico que se pondrá en la orden de reposo o subsidio, las autoridades de Seguridad Social orientaron que se puede establecer en el documentos males como faringitis, otitis, laringitis, bronquitis, neumonía o cualquier otra anomalía respiratoria.
“No deben incluir ‘sospechoso de Covid’. Sin embargo, si es sospechoso, esta información si puede quedar plasmada en el expediente. Solo debe aparecer el diagnóstico Covid-19 en los casos que epidemiología del Ministerio de Salud (MINSA) reporte como resultado positivo”, cita la circular enviada a personal médico y de dirección de subsidio del INSS.
Al respecto, algunos trabajadores de instituciones estatales expresaron que los están mandando entre 14 y 21 días de reposo y que no les están tocando ni sus vacaciones ni su salario, mientras otros como el poder judicial, simplemente los están mandando de vacaciones.
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Para José López, abogado laboralista, es inaudito e ilegal que el INSS dependa del Minsa para realizar la prueba de Covid-19 a los asegurados, porque la Ley de Seguridad Social contempla que deben brindar atención médica de calidad.
“Existe una confusión entre INSS, Minsa y lo partidario, porque el INSS debió comprar su propio lote de pruebas para detectar el Covid-19 a sus asegurados y no depender del sistema de salud pública. El Minsa no ve a los asegurados, porque para eso cada trabajador paga su cuota, para tener acceso a una atención médica de calidad”, explicó López.
En la misma circular el INSS reitera que en la orden de reposo no será aceptado el diagnóstico sospechoso de Covid-19 y que no existe subsidio por cuarentena.
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Para López, “la cobertura de este subsidio por Covid-19 o se hace conforme a lo estipulado en la ley donde el 60 por ciento del salario lo paga el empleador y el 40 por ciento el INSS o lo que cada empresa haga su arreglo con sus empleados. Pero las vacaciones del trabajador no se pueden tocar”, explicó el jurista. Según el jurista el propósito de esta medida es ocultar o enmascarar los datos de la pandemia y la falta de solvencia del INSS para pagar o asumir el pago de subsidios a los asegurados.