La demanda que trabó Agroinsa fue luego de que Iniser se negó a pagar los daños en el embobinado de los turbogeneradores del desaparecido Ingenio Victoria de Julio. (LA PRENSA/ CORTESÍA INISER)

CSJ analiza caso Agroinsa-Iniser

Están en juego casi US$10 millones del Estado y si la Corte falla en contra el Iniser tambalearía. El caso se remonta a 1999, cuando un accidente en los rotores del antiguo Ingenio Victoria de Julio desató el reclamo de Agroinsa [doap_box title=»Desde 2003″ box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»] La vocera de la Corte Suprema de Justicia, Nubia […]

  • Están en juego casi US$10 millones del Estado y si la Corte falla en contra el Iniser tambalearía. El caso se remonta a 1999, cuando un accidente en los rotores del antiguo Ingenio Victoria de Julio desató el reclamo de Agroinsa
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La vocera de la Corte Suprema de Justicia, Nubia Duarte, sostuvo que los magistrados de la Sala Civil están analizando el expediente del caso Iniser. “He consultado y me dicen que el caso está en estudio”, dijo Duarte. El caso está en manos de la CSJ desde el año 2003. La representación legal de Iniser confía en obtener un fallo favorable.

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Los magistrados de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) están analizando el caso de Agroindustrial Azucarera S.A. (Agroinsa) en contra el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros (Iniser), en el que están en juego casi 10 millones de dólares entre principal e intereses, según confirmaron voceros del máximo tribunal.

La causa está sustentada en el reclamo que hace Agroinsa por el supuesto incumplimiento de Iniser del pago de una póliza de seguro de siete millones de dólares.

El periplo del juicio han sido dos juzgados de primera instancia, dos Tribunales de Apelaciones y ahora la CSJ, en un complicado proceso judicial en el que ambas partes alegan tener la razón.

En este caso existe una sentencia de la juez Tercero Civil de Distrito de Managua, Vida Benavente, en la que se ordenó el embargo de los nueve edificios de Iniser. La sentencia fue ratificada por el Tribunal de Apelaciones de Managua.

Sin embargo, tras admitirse un incidente de nulidad, la Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones declaró nulo todo el proceso contra el Iniser, bajo el argumento de que los bienes del Estado son inembargables.

Agroinsa recurrió de Casación contra esa decisión del Tribunal de Apelaciones y se está a la espera de la resolución de la CSJ que tiene el caso desde 2003.

“CASO EN ESTUDIO”

“El expediente está en análisis de los magistrados de la Sala Civil. Están trabajando en él y no pueden emitir comentarios al respecto porque se van a pronunciar en su sentencia”, dijo la vocera de la CSJ, Nubia Duarte. “He consultado y me dicen que el caso está en estudio”, reiteró Duarte.

Por su parte, el director legal de Iniser, Ramiro Jerez Montiel, dijo que él entiende que el caso está para sentencia y que los magistrados están analizándolo.

“Nosotros confiamos en que los magistrados de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, que poseen una gran experiencia y capacidad, van a emitir una sentencia apegada a Derecho y favorable al Estado, en este caso el Iniser, porque ellos conocen muy bien el caso y ya han escuchado a las dos partes”, expresó Jerez.

FALLO EN CONTRA SERÍA MORTAL

“Un fallo de la Suprema contra esta institución la haría tambalear. Estamos hablando de un reclamo, sin fundamento jurídico, de siete millones de dólares, más las costas, que bien podrían llegar a entre 1.5 y 2 millones de dólares más, fácilmente unos nueve millones de dólares. En este país el pago de nueve millones de dólares hace caer a cualquier empresa”, agregó.

LA PRENSA intentó conocer una versión del representante de Agroinsa, Edgard Chamorro, pero éste no contestó su celular las veces que le llamamos y tampoco regresó llamada, pese a que le dejamos recados en su oficina.

JUICIO DE VIEJA DATA

El caso se remonta a marzo de 1999 cuando un accidente en los rotores del antiguo Ingenio Victoria de Julio, que para entonces era la empresa Agroindustrial Azucarera S.A. (Agroinsa), causó daños calculados por los dueños de la empresa, en siete millones de dólares.

Desde entonces los representantes de Agroinsa reclamaron a Iniser el pago de una póliza de seguro por ese valor.

Iniser se negó a pagar el valor alegado por Agroinsa, bajo el argumento de que la póliza no cubría el tipo de daños que se habían ocasionado.

En aquel entonces fungía como presidente ejecutivo de Iniser, Orlando Chávez Gil, hoy prófugo por irregulares operaciones que suman dos millones de dólares en el Iniser, que supuestamente fueron transferidos a una cuenta personal de él.

Ante la negativa de cancelación del seguro, el abogado Gregorio Pasquier (q.e.p.d.), fue nombrado apoderado general judicial de Agroinsa para iniciar un cobro por la vía civil.

Las acciones prejudiciales que inició Pasquier dieron comienzo en julio del 2000 cuando se llamó a absolver posiciones (responder un cuestionario de preguntas ante un Juzgado) al entonces gerente de Iniser, Luis González, ante el Juzgado Cuarto Civil de Distrito de Managua. González compareció y negó las causas y la demanda que hacía Agroinsa a Iniser y dijo que el riesgo ocurrido estaba especialmente excluido de la póliza reclamada.

En septiembre de ese mismo año, Agroinsa volvió a llamar a absolver posiciones a González en el mismo Juzgado, y este protestó algunas de las preguntas, manifestando que se estaba violando la ley al volvérsele a preguntar sobre hechos que ya habían sido respondidos en la anterior demanda.

Posteriormente, se llamó a absolver posiciones a Orlando Chávez Gil, esta vez en el Juzgado Segundo de Distrito Civil de Managua, pero éste no se presentó, alegando estatus de corporación estatal.

La juez Segundo de Distrito Civil de Managua, Patricia Brenes, titular de dicho Juzgado, lo declaró fictamente confeso, es decir que había admitido en “confesión” los hechos. La legislación nicaragüense establece la confesión como uno de los medios de prueba. Iniser apeló la sentencia y el Tribunal de Apelaciones de Managua confirmó la sentencia.

CONTINÚA EL CALVARIO

El seis de julio de 2001, Agroinsa demandó por la vía ejecutiva a Iniser por el no pago de la póliza, ante el Juzgado Tercero Civil de Distrito de Managua, a cargo de la juez Vida Benavente.

Diez días después, el 17 de julio de 2001, tras el trámite del proceso, lleno de incidentes y errores procesales de ambas partes, la juez Benavente ordena el embargo de los bienes de Iniser.

Al siguiente día, el 18 de julio de ese año, el juez Tercero Local Civil, Alfredo Rodríguez, en cumplimiento de la orden librada por Benavente, traba (ejecuta) el embargo de los bienes de Iniser.

Silvia Johana Mayorga, apoderada general judicial de Iniser, apeló el fallo de la juez Benavente y pidió la nulidad del proceso, el cual pasó a manos de la juez Cuarto Civil de Distrito de Managua, Ruth Chamorro.

Chamorro falló a favor de Iniser, declarando la nulidad del proceso. Pasquier, por su parte, acudió al Tribunal de Apelaciones, el que, finalmente, en resolución del seis de agosto de 2002, dejó sin efecto el fallo de la juez Chamorro y ordenó continuar con el embargo, dejando firme la resolución de la juez Benavente.

ROSARIO DE INCIDENTES

A partir de allí se presenta una serie de incidentes jurídicos de ambas partes tanto en el Juzgado Tercero como en el Cuarto de Distrito Civil de Managua, que terminan llegando al Tribunal de Apelaciones de Managua, como un recurso de Iniser que pedía la nulidad del proceso. Agroinsa hasta impugnó el poder presentado por la abogada de Iniser. La juez declaró nulo todo lo actuado por el Iniser y todo lo actuado desde la mediación. El Iniser interpuso un recurso contra la juez por supuesta implicancia. En ese ínterin de acciones la juez Cuarto declaró la falta de méritos de los documentos que sustentaban la demanda de Agroinsa.

El 26 de enero de 2004, la Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua declaró de oficio, nulo todo el proceso en el que se había ordenado el embargo de los bienes de Iniser.

“De oficio se declara nulo absolutamente el auto de requerimiento de pago de las tres y diez minutos de la tarde del diecisiete de julio de 2001 y en consecuencia todas las actuaciones procesales posteriores incluidos los embargos ejecutivos derivados de dicho auto dictado por el Juzgado Tercero Civil del Distrito de Managua…”, dice la resolución judicial.

Los magistrados de la Sala Civil Uno fundamentaron su decisión en la ley del 27 de febrero de 1913 que al inicio de su artículo primero estipula que “ningún tribunal de la República podrá exigir fianza ni efectuar providencia de embargo contra las rentas, bienes o caudales del Estado”.

Agroinsa apeló esa decisión y es lo que los magistrados de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ahora deberán resolver.

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