- Abogó para que derechos de autor de artistas sean respetados en cualquier rincón del mundo
ACAN-EFE
SAN JOSÉ.- El cantautor nicaragüense Luis Enrique Mejía Godoy se declaró satisfecho con un fallo de la justicia de Costa Rica, según el cual deberá ser compensado por haberse violado sus derechos de autor, informó ayer el diario Al Día.
Mejía Godoy dijo que “por fin, después de tres años y medio, se ha dictado sentencia por parte de la justicia costarricense a mi favor”, declaró el cantante al rotativo por medio de un correo electrónico.
Según el fallo, el gobernante Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) deberá pagar junto a una agencia de publicidad 30,000 dólares a Mejía Godoy por haber atribuido la letra de una canción suya —Congolí Changó— al actual Presidente de la República, Abel Pacheco.
La condena fue impuesta el pasado 13 de mayo por el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de San José contra el PUSC y la agencia de publicidad “Jotabequ Grey”.
“Siempre confié en la justicia de los tribunales ticos y agradezco el trabajo profesional y sin horarios de mis abogados”, añadió el cantante.
El artista también abogó porque “los derechos de autor de los artistas, que son parte de los derechos humanos, y por los que hemos venido luchando desde hace muchísimos años, puedan ser respetados en cualquier rincón del mundo”.
El problema surgió a finales del 2001 cuando la agencia de publicidad “Jotabequ Grey”, que manejó la campaña proselitista del entonces aspirante presidencial y hoy presidente, elaboró un disco con dos versiones de Congolí Changó.
La pieza musical al ritmo de calipso fue grabada originalmente por Mejía Godoy en 1993 como parte del disco “Razones para vivir”.
En los créditos del disco, el cual fue obsequiado entre los partidarios del PUSC, se consignó que la letra era de Abel Pacheco y la música del cantautor nicaragüense.
Sin embargo, en realidad la letra es de Mejía Godoy, quien se inspiró en un cuento escrito por Abel Pacheco e incluido en el libro Más abajo de la piel.
El pronunciamiento judicial resolvió que la omisión de la totalidad de los créditos en el disco (donde a Mejía Godoy sólo se le atribuye la música y no la letra de la canción) causó un “daño moral” para el cantautor.
Sin embargo, el fallo establece que no hubo perjuicio económico debido a que los discos fueron distribuidos de forma gratuita y no produjeron ganancias.